[Sindicales.pdif] CSIF INFORMA: " Interrogantes y falta de regulación en la figura del Profesor/a Permanente Laboral "
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Lun Jul 21 07:04:59 CEST 2025
Interrogantes y falta de regulación en la figura del Profesor/a
Permanente Laboral
* Desde CSIF reclamamos a las Comunidades Autónomas, a las
Universidades y a la ANECA que regulen de manera clara la figura del
Profesor/a Permanente Laboral (PPL), su sistema de acreditación y su
promoción interna mediante concurso de méritos
* Reivindicamos que la convocatoria de plazas de Profesor/a Permanente
Laboral se incluya en las Ofertas de Empleo Público (OEP) de todas las
universidades
Desde la entrada en vigor de la LOSU, la figura del Profesor/a
Permanente Laboral (PPL) se ha implantado en la mayoría de universidades
públicas --incluyendo Andalucía, Madrid, Comunidad Valenciana, Castilla
y León, Galicia o Cataluña, con sus respectivas denominaciones
autonómicas--, salvo excepciones difíciles de justificar como la
Universidad de Extremadura y la Universidad de Castilla-La Mancha.
En este proceso de normalización, la mayoría de universidades --como
Córdoba, Salamanca, Sevilla, Santiago de Compostela o León-- han
permitido, y algunas incluso promovido (Valencia, Zaragoza), que el
profesorado Contratado Doctor se integrase en la modalidad de Profesor
Permanente Laboral. Además, universidades como Sevilla, León o Córdoba
han impulsado procesos de estabilización hacia esta figura para el
profesorado Contratado Doctor interino.
En la práctica totalidad de universidades públicas, las plazas de
Profesor Permanente Laboral han formado parte de las OEP anuales desde
la aprobación de la LOSU. Sin embargo, reiteramos nuestra preocupación
ante la inacción de la Universidad de Castilla-La Mancha y la
Universidad de Extremadura, que, escudándose en la falta de regulación
autonómica o estatal, no han incluido esta figura en sus ofertas de
empleo. Esta omisión puede tener graves consecuencias para el
profesorado Ayudante Doctor próximo a finalizar contrato, así como para
posibles Contratados Doctores interinos.
Sobre este asunto, desde CSIF recordamos que la mayoría de Comunidades
Autónomas aún no han desarrollado, como exige la LOSU, la normativa que
regule la figura del Profesor/a Permanente Laboral. No obstante, se
observan avances aislados:
* En el anteproyecto de ley andaluza de universidades, esta figura
aparece como "Profesor/a Contratado Doctor".
* En la Comunidad Valenciana, sus condiciones laborales y retributivas
se han regulado en el III Convenio del Personal Laboral de las
universidades públicas.
Por otro lado, ni la ANECA ni las agencias autonómicas de calidad han
desarrollado aún una normativa específica para la acreditación como
Profesor/a Permanente Laboral. Actualmente, la acreditación vigente en
ANECA sigue siendo la de Profesor Contratado Doctor, y en la mayoría de
los casos se continúa utilizando como referencia para el acceso a plazas
de PPL. Además, no se han establecido criterios mínimos comunes entre
agencias autonómicas, que siguen a la espera de que ANECA defina un
marco general. Tampoco se ha producido una adaptación de los criterios
de acreditación a Profesor Titular de Universidad y PPL al nuevo modelo
de carrera académica recogido en la LOSU, especialmente en lo referente
a la duración de la etapa inicial (seis años).
Algunas universidades han activado mecanismos de promoción interna hacia
categorías superiores para el Profesor Titular de Universidad y/o de
Profesor/a Permanente Laboral, aunque, con pocas excepciones (como la
Universidad de Valencia), estos procesos no se realizan por concurso de
méritos, tal como exige la LOSU, sino por concurso ordinario.
Por último, en las universidades donde se ha implantado la figura de
Profesor/a Permanente Laboral, se están reconociendo los quinquenios y
sexenios en sus retribuciones, del mismo modo que al profesorado
Contratado Doctor. No obstante, este reconocimiento se da únicamente en
aquellas universidades en las que ya se aplicaba previamente porque
estaba contemplado en sus respectivos convenios colectivos. A pesar de
ello, las retribuciones del profesorado PPL continúan siendo
generalmente más bajas que las del profesorado Titular, a pesar de que
la LOSU establece la equiparación entre ambas figuras.
Un cordial saludo CSIF UNIVERSIDAD.
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