[Sindicales.pdif] CSIF INFORMA: " Interrogantes y falta de regulación en la figura del Profesor/a Permanente Laboral "

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Lun Jul 21 07:04:59 CEST 2025


Interrogantes y falta de regulación en la figura del Profesor/a 
Permanente Laboral

  	* Desde CSIF reclamamos a las Comunidades Autónomas, a las 
Universidades y a la ANECA que regulen de manera clara la figura del 
Profesor/a Permanente Laboral (PPL), su sistema de acreditación y su 
promoción interna mediante concurso de méritos
  	* Reivindicamos que la convocatoria de plazas de Profesor/a Permanente 
Laboral se incluya en las Ofertas de Empleo Público (OEP) de todas las 
universidades

Desde la entrada en vigor de la LOSU, la figura del Profesor/a 
Permanente Laboral (PPL) se ha implantado en la mayoría de universidades 
públicas --incluyendo Andalucía, Madrid, Comunidad Valenciana, Castilla 
y León, Galicia o Cataluña, con sus respectivas denominaciones 
autonómicas--, salvo excepciones difíciles de justificar como la 
Universidad de Extremadura y la Universidad de Castilla-La Mancha.

En este proceso de normalización, la mayoría de universidades --como 
Córdoba, Salamanca, Sevilla, Santiago de Compostela o León-- han 
permitido, y algunas incluso promovido (Valencia, Zaragoza), que el 
profesorado Contratado Doctor se integrase en la modalidad de Profesor 
Permanente Laboral. Además, universidades como Sevilla, León o Córdoba 
han impulsado procesos de estabilización hacia esta figura para el 
profesorado Contratado Doctor interino.

En la práctica totalidad de universidades públicas, las plazas de 
Profesor Permanente Laboral han formado parte de las OEP anuales desde 
la aprobación de la LOSU. Sin embargo, reiteramos nuestra preocupación 
ante la inacción de la Universidad de Castilla-La Mancha y la 
Universidad de Extremadura, que, escudándose en la falta de regulación 
autonómica o estatal, no han incluido esta figura en sus ofertas de 
empleo. Esta omisión puede tener graves consecuencias para el 
profesorado Ayudante Doctor próximo a finalizar contrato, así como para 
posibles Contratados Doctores interinos.

Sobre este asunto, desde CSIF recordamos que la mayoría de Comunidades 
Autónomas aún no han desarrollado, como exige la LOSU, la normativa que 
regule la figura del Profesor/a Permanente Laboral. No obstante, se 
observan avances aislados:

  	* En el anteproyecto de ley andaluza de universidades, esta figura 
aparece como "Profesor/a Contratado Doctor".
  	* En la Comunidad Valenciana, sus condiciones laborales y retributivas 
se han regulado en el III Convenio del Personal Laboral de las 
universidades públicas.

Por otro lado, ni la ANECA ni las agencias autonómicas de calidad han 
desarrollado aún una normativa específica para la acreditación como 
Profesor/a Permanente Laboral. Actualmente, la acreditación vigente en 
ANECA sigue siendo la de Profesor Contratado Doctor, y en la mayoría de 
los casos se continúa utilizando como referencia para el acceso a plazas 
de PPL. Además, no se han establecido criterios mínimos comunes entre 
agencias autonómicas, que siguen a la espera de que ANECA defina un 
marco general. Tampoco se ha producido una adaptación de los criterios 
de acreditación a Profesor Titular de Universidad y PPL al nuevo modelo 
de carrera académica recogido en la LOSU, especialmente en lo referente 
a la duración de la etapa inicial (seis años).

Algunas universidades han activado mecanismos de promoción interna hacia 
categorías superiores para el Profesor Titular de Universidad y/o de 
Profesor/a Permanente Laboral, aunque, con pocas excepciones (como la 
Universidad de Valencia), estos procesos no se realizan por concurso de 
méritos, tal como exige la LOSU, sino por concurso ordinario.

Por último, en las universidades donde se ha implantado la figura de 
Profesor/a Permanente Laboral, se están reconociendo los quinquenios y 
sexenios en sus retribuciones, del mismo modo que al profesorado 
Contratado Doctor. No obstante, este reconocimiento se da únicamente en 
aquellas universidades en las que ya se aplicaba previamente porque 
estaba contemplado en sus respectivos convenios colectivos. A pesar de 
ello, las retribuciones del profesorado PPL continúan siendo 
generalmente más bajas que las del profesorado Titular, a pesar de que 
la LOSU establece la equiparación entre ambas figuras.

Un cordial saludo CSIF UNIVERSIDAD.

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