[Sindicales.pdil] CSIF INFORMA: "Alegaciones de CSIF al Real Decreto de Acreditaciones-Actuaciones en comisión D17 "
csi-csif
csi-csif en unizar.es
Mar Jun 20 11:07:50 CEST 2023
ALEGACIONES DE CSIF AL BORRADOR DEL REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA
ACREDITACIÓN ESTATAL PARA EL ACCESO A LOS CUERPOS DOCENTES
UNIVERSITARIOS Y EL RÉGIMEN DE LOS CONCURSOS DE ACCESO A DICHOS CUERPOS
Para ver el Proyecto de Real Decreto [1] (pdf).
Recogemos extractadas en los siguientes párrafos las 12 alegaciones más
importantes presentadas formalmente por CSIF al borrador de RD de
acreditación. También te adjuntamos el documento completo y
pormenorizado con todas las alegaciones formuladas.
* Entendiendo que este RD no puede entrar al detalle en todo lo
relacionado con los criterios que posteriormente establezca ANECA a
través de sus comisiones, ni con los niveles necesarios para alcanzar la
suficiencia investigadora, docente y, en su caso, de liderazgo y de
gestión, es evidente que el texto del RD deja demasiado abiertos estos
asuntos, por lo que se pueden seguir dando los casos ocurridos de falta
de objetividad, detalle y transparencia en el proceso de evaluación de
algunas de las comisiones de la ANECA.
* La LOSU se indica que para la acreditación a los cuerpos docentes
universitarios se garantizará "_La adecuación de los méritos requeridos
a la duración de la etapa inicial de la carrera académica que establece
esta ley orgánica_". Nada en este RD garantiza que el posterior
desarrollo de los criterios y de los niveles necesarios para una
evaluación positiva cumpla con lo articulado sobre este aspecto en la
LOSU.
* Faltan medidas que garanticen los derechos de las personas
solicitantes para que la Administración cumpla los plazos que se recogen
en este RD. Si la correspondiente comisión sigue evaluando el expediente
superado el plazo de 6 meses establecido, este hecho debe comunicarse a
la persona solicitante, porque en otro caso se podría interpretar que el
proceso ha finalizado con una resolución negativa por silencio
administrativo.
* A pesar de que la LOSU recoge muy claramente que hay que evaluar el
carácter multidisciplinar de la actividad del profesorado universitario,
el articulado de borrador de este RD no avanza demasiado en este aspecto
que para CSIF es fundamental. Podemos volver a caer en el error actual
de si un profesor ha desarrollado su actividad docente en un área y su
actividad investigadora en otra área distinta, o incluso en varias
áreas, ¿por qué comisión solicita la evaluación?
* El texto indica sobre los documentos de orientación: "_Estos
documentos deberán facilitar la autoevaluación a los posibles
solicitantes, tendrán efectos exclusivamente informativos y se
publicarán en la sede electrónica de ANECA, sin que puedan ser objeto de
impugnación en vía administrativa o judicial." _Proponemos la supresión
de la expresión "_sin que puedan ser objeto de impugnación en vía
administrativa o judicial", _ya que no hay actos de la Administración
que puedan escapar del control jurisdiccional en Derecho español.
Resulta claramente contrario a la Constitución española, que prohíbe la
arbitrariedad de los poderes públicos (artículo 9.3 de la Constitución
española).
* Igual que ocurre en los concursos de acceso, el articulado de la
parte de la acreditación debe contener disposiciones inclusivas y
específicas para que la necesaria igualdad de oportunidades para las
personas con discapacidad que exige la constitución sea una realidad.
* Se habló por parte del Ministerio de un plazo de transición de 3
años y se ha quedado en solo 6 meses. Inaceptable. Exigimos un plazo de
transición suficientemente amplio para que ninguna persona solicitante
pudiera sentir indefensión por un cambio de reglas de juego a mitad de
la partida.
* El requisito de al menos tres sexenios para catedráticos y dos para
titular a los miembros de las comisiones, choca con la escasa
consideración que tienen los sexenios como mérito para la acreditación
en este real decreto. Para ser coherentes, hay que aumentar
significativamente el valor del número de sexenios en los procesos de
acreditación a TU y a CU.
* Se trata de un proceso de evaluación de méritos requerido por el
Estado y no de un concurso de méritos optativo. Por lo tanto, la
imposición de tasas, además de tener poco encaje legal, parece inferir
más un ánimo recaudador y disuasorio.
* En la LOSU, artículo 71.2, se recoge "Las universidades establecerán
programas de promoción interna, que estén dotados en el estado de gastos
de su presupuesto, para el acceso desde la categoría de Profesora y
Profesor Titular de Universidad y de Profesora y Profesor Permanente
Laboral a otra de superior categoría". Sin embargo, en el RD se ha
eliminado al Profesorado Permanente Laboral de estos programas de
promoción interna.
* Uno de los cambios más importantes en este RD es que el certificado
de acreditación deja de estar vinculado a una rama de conocimiento
determinada y pasa a tener carácter universal. Para CSIF, las
acreditaciones obtenidas antes de la entrada en vigor del nuevo
procedimiento recogido en este RD deberían ser consideradas también de
carácter universal de cara a los futuros concursos de plazas de
profesorado.
* El RD señala que "En el caso de resolución negativa, el interesado o
interesada no podrá solicitar una nueva acreditación hasta que no hayan
transcurrido doce meses desde la presentación de la solicitud evaluada
de forma desfavorable". Desde CSIF estimamos que no tendría que existir
esta penalización de 12 meses y que se debería permitir solicitarlo de
nuevo en cuanto se resuelva la anterior solicitud.
ACTUACIONES EN LA COMISIÓN D17 DE CC. DE LA EDUCACIÓN
Última hora: Las denuncias y las gestiones de CSIF han surtido efecto y
la directora de ANECA ha resuelto la separación de tres miembros de la
comisión de acreditación D17. Ciencias de la Educación del programa
ACADEMIA (presidente, secretario y vocal).
https://www.aneca.es/-/nota-informativa-sobre-la-comisi%C3%B3n-de-acreditaci%C3%B3n-d17
Se ha procedido a iniciar los trámites para la renovación de la
composición de la Comisión D17, a nombrar nuevas presidenta y
secretaria, y a facilitar instrucciones precisas para mejorar los
procedimientos de evaluación y los tiempos de resolución de Ciencias de
la Educación.
Desde CSIF esperamos que ahora se revierta pronto el perjuicio causado a
numerosos profesores e investigadores.
Un cordial saludo. CSIF UNIVERSIDAD
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