[Sindicales.pdif] CCOO Informa - CCOO presenta recurso de alzada contra la convocatoria sexenios 2025
CCOO Unizar
ccoo en unizar.es
Lun Ene 19 10:50:58 CET 2026
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*CCOO presenta recurso de alzada contra la convocatoria sexenios 2025*
**
*La convocatoria ignora la sentencia del Tribunal Supremo y sigue
negando al PDI a tiempo parcial el derecho a percibir el completo
salarial asociado a la evaluación positiva de su actividad investigadora*
*CCOO, con fecha 12 de enero de 2026, ha presentado recurso de
alzada*contra*la Resolución de 11 de diciembre de 2025, de la Secretaría
General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de
evaluación de la actividad investigadora*(BOE nº 304 de 19 de diciembre
de 2025 <https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26119>),
publicada en el BOE de 19 de diciembre de 2025. En concreto, se denuncia
el artículo 3.1.c, por considerarlo contrario a derecho y a los
intereses del profesorado universitario. *De no obtenerse una respuesta
favorable, iniciaremos la vía del recurso contencioso-administrativo. *
Esta resolución mantiene el criterio de años anteriores, que discrimina
al PDI a tiempo parcial al considerar que el personal funcionario de los
cuerpos docentes universitarios que presten servicios en la Universidad
en régimen de dedicación a tiempo parcial podrán someter a evaluación su
actividad investigadora, aunque los correspondientes efectos económicos
se generarán solamente a partir del momento en que pasen a prestar
servicios en la Universidad en régimen de dedicación a tiempo completo.
*Para CCOO la Resolución recurrida es **nula por ilegalidad*en cuanto a
su artículo 3.1.c) ya que infringe el ordenamiento jurídico en su
contenido. El precepto recurrido ha sido declarado nulo por la Sentencia
nº 664/2025 de 29 de mayo de 2025 del Tribunal Supremo que declara la
nulidad del artículo 5.2 del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto
sobre retribuciones del profesorado universitario. *Por ello
esta Resolución, al dictarse contra la nulidad declarada por el TS, es
nula por ilegalidad.*
La sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 29 de mayo de 2025*suprime la
prohibición de que el profesorado a tiempo parcial perciba el
complemento de productividad asociado a la evaluación positiva de su
actividad investigadora y modifica, en este sentido, el RD 1086/1989
**de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario.*
*Esta sentencia es la última de una serie de pronunciamientos judiciales
donde se reconoce que:*
¾El PDI, ya sea con una relación funcionarial o laboral, permanente o
temporal, con una dedicación a tiempo completo o parcial, tiene derecho
a someter a evaluación su actividad investigadora desarrollada durante
un período de 6 años y, en caso de valoración positiva, a percibir el
complemento salarial correspondiente.
¾Y que este derecho se debería reconocer de oficio en la próxima
convocatoria de sexenios del año 2025 pendiente de publicación.
En este sentido, se debe señalar que _ya el TSJ de Madrid, en sentencia
de 26 de noviembre de 2025, ha estimado el recurso presentado por CCOO
en relación con la convocatoria de sexenios del año 2021 y ha
__declarado nula dicha Resolución por las mismas razones por las que
ahora presentamos recurso contra la Resolución de 11 de diciembre de
2025_. *Resulta totalmente injustificado que el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades (MICIU) y ANECA insistan en aplicar unos
criterios que los tribunales han declaro ilegales. *En el momento en que
esta sentencia sea firme CCOO presentará incidente de ejecución forzosa
al TSJ de Madrid.**
*Pero la Secretaría General de Universidades ignora este marco legal e
insiste en discriminar al PDI a tiempo parcial*. CCOO exige, de manera
inmediata y antes de la finalización del actual plazo de presentación de
solicitudes, que se dicte nueva Resolución por la que se declare nula la
Resolución objeto del recurso de alzada presentado, anule la redacción
actual del artículo 3.1.c) y se reconozca el derecho del profesorado a
tiempo parcial al abono del complemento de la actividad investigadora en
el mismo momento que obtienen la evaluación positiva de esa actividad
investigadora y en los mismos términos que el profesorado a tiempo
completo. *Es decir, que aplique lo que los juzgados ya han reconocido.*
La Resolución del 11 de diciembre relativa a la evaluación de la
actividad investigadora del PDI Funcionario debe tener su reflejo en
cada universidad en convocatorias específicas para el PDI Laboral que,
según informa ANECA, se publicarán con posterioridad a esta resolución,
fijándose el plazo de presentación entre el 9 de febrero y el 2 de marzo
de 2026. En todo caso, en las convocatorias que ya se han ido
publicando, las universidades siguen negando este derecho a su PDIL a
tiempo parcial.
*Por ello, CCOO continuará adelante con todas las acciones sindicales y
legales necesarias para garantizar que este derecho se aplique de forma
efectiva en el conjunto de las universidades públicas. **Desde CCOO
seguiremos trabajando para el reconocimiento profesional y salarial del
conjunto de la actividad de todo el profesorado universitario.***
**
*Defiende la universidad pública y de calidad, la universidad de todas y
todos*
*Si necesitas nuestra ayuda para realizar cualquier trámite o ampliar
esta información, no dudes en contactar con nosotros en ccoo en unizar.es o
llamando al 639087947.*
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