[Sindicales.pdif] CSIF INFORMA: " CSIF celebra que se atienda su demanda de modificar la Ley de Incompatibilidades para resolver el bloqueo del profesorado universitario sustituto"
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csi-csif en unizar.es
Mie Feb 26 20:36:22 CET 2025
CSIF celebra que se atienda su demanda de modificar la Ley de
Incompatibilidades para resolver el bloqueo del profesorado
universitario sustituto
* El sindicato lleva alertando de los problemas de compatibilidad del
profesorado sustituto y exigiendo modificar la normativa desde que entró
en vigor la LOSU en abril del 2023
* Ahora el Grupo Parlamentario Socialista pretende regular esta
cuestión en las administraciones, con una enmienda presentada al
proyecto de Ley de Función Pública
* CSIF alerta del riesgo de que los Profesores Sustitutos conformen
una nueva bolsa de precariedad en las universidades
CSIF señala que la Ley 53/1984, de Incompatibilidades se ha tornado en
una losa para las universidades públicas en donde en muchas ocasiones no
se puede cubrir la docencia con profesores sustitutos. La falta de
compatibilidad para figuras que no sean profesores asociados es un serio
problema que ya conoce el Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades que, sin embargo, ha dejado todo en manos de un criterio
dictado por la Oficina de Conflictos de Intereses de la Secretaria de
Estado de Función Pública que viene a asimilar a estos efectos la figura
del profesor sustituto con el profesor asociado.
CSIF remitió sendos escritos y tuvo una reunión con el Secretario
General de Universidades demandando una solución generalizada e
inmediata a los enormes problemas que la no concesión de la
compatibilidad estaba ocasionando a un importante colectivo de
profesorado universitario así como a las universidades públicas, las
cuales se encuentran con grandes dificultades para cubrir las bajas a
tiempo parcial del PDI en plantilla.
Después, el sindicato alertó que la interpretación remitida por la
Secretaría de Estado de Función Pública planteaba serias dudas sobre si
dicho criterio, por razones de jerarquía normativa, servía para
excepcionar la previsión recogida en el artículo 3.1 de la Ley 53/1984,
sobre Incompatibilidades. También nos generaba incertidumbre el alcance
territorial de dicho criterio y si afectaba o no a la interpretación que
estaban realizando las Comunidades Autónomas. Efectivamente, por esos
días, comprobamos que el Consell de Valencia sacaba un decreto
facilitando la compatibilidad al declarar de interés público la
actividad del profesorado sustituto en las universidades públicas.
Además, pudimos comprobar que tras la difusión por las universidades de
la respuesta de la Secretaría de Estado de Función Pública, seguían
convocándose plazas de profesor sustituto sin hacer caso a la
recomendación de asimilación y, por lo tanto, sin permitir la
contratación de funcionarios y empleados públicos.
En el ámbito judicial ha habido sentencias a favor y en contra de la
asimilación pero la cuestión no está resuelta y queda partido por jugar
porque con fecha 18.09.2024 la sección primera de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (JUR\2024\276989) ha
dictado auto por el que se admite un recurso de casación al apreciar el
alto tribunal que el citado recurso presenta interés casacional objetivo
para la formación de jurisprudencia respecto de la siguiente cuestión:
si es posible que, al amparo de la autonomía universitaria, cualquier
Universidad pueda hacer equivalente una categoría docente a la de
profesor asociado a fin de poder aplicar el artículo 4 de la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
Insistimos en que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
debe aportar soluciones y seguridad jurídica en estos temas para evitar
arbitrariedades y actuaciones contrapuestas en las diferentes
universidades públicas. En cualquier caso, valoramos positivamente la
presentación de la enmienda del Grupo Parlamentario Socialista ya que
desde CSIF seguimos creyendo que la mejor solución es que a nivel legal
se incluya una previsión que garantice la compatibilidad para un
empleado público con la figura de profesor o profesora sustituto a
semejanza de cuanto hizo la disposición final 1 de la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, para los profesores asociados al modificar el
artículo 4.1 de la Ley 53/1984, de Incompatibilidades.
Por último, CSIF alerta del riesgo de que los Profesores Sustitutos
conformen una nueva bolsa de precariedad en las universidades. El
sindicato denuncia que el cada vez más numeroso grupo de Profesores
Sustitutos universitarios (hay Comunidades Autónomas que ya cuentan con
más de 2.500 docentes en esta figura y alguna universidad que supera la
cifra de los 800) agrava su precariedad y empeora su situación de manera
gradual, tanto en lo referente a sus contratos como a sus condiciones de
trabajo. Ante esta situación, desde CSIF vamos a insistir en pedir para
el profesorado sustituto una necesaria mejora salarial, volver a
permitir su acceso a la investigación y la posibilidad de que tengan
contratos a tiempo completo.
Un cordial saludo CSIF UNIVERSIDAD.
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