[Sindicales.pdif] UGT Informa: Modificaciones Estatuto del Personal Investigador en Formación
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infougt en unizar.es
Lun Dic 16 14:03:16 CET 2024
Resumen modificaciones EPIF
Tras analizar la reciente modificación del Estatuto del Personal
Investigador en Formación [1], publicada en el BOE el 11 de diciembre, y
adaptada a las Leyes de la Ciencia y de Universidades, destacamos los
puntos clave:
1. Derecho a indemnización al finalizar el contrato:
o Aplicable cuando el contrato termine por obtención del doctorado,
finalización del periodo postdoctoral o agotamiento del plazo máximo (4
años o 6 en caso de discapacidad).
o La indemnización será equivalente a la de los contratos de duración
determinada según el Estatuto de los Trabajadores, equiparando así a los
contratos FPU con los FPI.
2. Evaluación anual obligatoria:
o Durante los 4 años de contrato, el último se considera como periodo
postdoctoral.
o En caso de no superar la evaluación, el contrato podría resolverse,
pero esto no generaría derecho a indemnización. desde UGT rechazamos
que, la finalización del contrato por este motivo no genere el derecho a
indemnización.
3. Reclamaciones por incumplimiento de las tareas propias de la
dirección de la tesis doctoral:
o Se establece un plazo de 3 meses para que el órgano competente
resuelva este tipo de reclamaciones.
o En caso de resolución favorable, el cambio de dirección deberá
formalizarse en un máximo de 1 mes, tal y como habíamos reivindicado
desde nuestro sindicato.
4. Interrupción del contrato por nuevas circunstancias:
o Se incluyen razones de conciliación y/o excedencia, y las
cualidades de víctima por delitos de terrorismo o de violencia sexual y
permisos, a tiempo parcial por lactancia o cuidado de menores o
familiares afectados por enfermedad grave.
5. Ampliación de derechos:
o Serán de aplicación a los contratos predoctorales, los derechos
recogidos para el PDI y para el PI, en la LOSU y la Ley de la Ciencia
respectivamente. Además, se añaden derechos provenientes de las leyes de
Igualdad y de Violencia de Género.
6. Retribuciones:
o Se mantiene el nivel retributivo del Grupo M3 del Convenio de
Personal Laboral de la Administración General del Estado (anteriormente
Grupo 1).
Esta nueva regulación, que entró en vigor el día 12 de diciembre se
aplicará a los contratos predoctorales que se encuentren vigentes a la
entrada en vigor de la Ley 17/2022, de modificación de la Ley de la
Ciencia, así como a los contratos predoctorales que se hubiesen suscrito
a partir de su entrada en vigor.
Quedamos a vuestra disposición para resolver cualquier duda o aclaración
[2]
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Sección Sindical UGT Universidad de Zaragoza [2]
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C/Corona de Aragón, 42
CP 50009 Zaragoza
976 761 167 - Ext 841167
Links:
------
[1]
https://urldefense.com/v3/__https://www.boe.es/boe/dias/2024/12/11/pdfs/BOE-A-2024-25795.pdf__;!!D9dNQwwGXtA!THpX2U95gzqS-YEtBQF4ZMSNlfj92bvvpmyCmVk6Rd5aDg0pXFly7wiov2bqug3kZ_2fhj3R-ND0IM4VKksZf4HZ$
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