[Sindicales.pdif] UGT Informa: Modificaciones Estatuto del Personal Investigador en Formación

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Lun Dic 16 14:03:16 CET 2024


Resumen modificaciones EPIF

Tras analizar la reciente modificación del Estatuto del Personal 
Investigador en Formación [1], publicada en el BOE el 11 de diciembre, y 
adaptada a las Leyes de la Ciencia y de Universidades, destacamos los 
puntos clave:

1.      Derecho a indemnización al finalizar el contrato:

o    Aplicable cuando el contrato termine por obtención del doctorado, 
finalización del periodo postdoctoral o agotamiento del plazo máximo (4 
años o 6 en caso de discapacidad).

o    La indemnización será equivalente a la de los contratos de duración 
determinada según el Estatuto de los Trabajadores, equiparando así a los 
contratos FPU con los FPI.

2.      Evaluación anual obligatoria:

o    Durante los 4 años de contrato, el último se considera como periodo 
postdoctoral.

o    En caso de no superar la evaluación, el contrato podría resolverse, 
pero esto no generaría derecho a indemnización. desde UGT rechazamos 
que, la finalización del contrato por este motivo no genere el derecho a 
indemnización.

3.      Reclamaciones por incumplimiento de las tareas propias de la 
dirección de la tesis doctoral:

o    Se establece un plazo de 3 meses para que el órgano competente 
resuelva este tipo de reclamaciones.

o    En caso de resolución favorable, el cambio de dirección deberá 
formalizarse en un máximo de 1 mes, tal y como habíamos reivindicado 
desde nuestro sindicato.

4.      Interrupción del contrato por nuevas circunstancias:

o    Se incluyen razones de conciliación y/o excedencia, y las 
cualidades de víctima por delitos de terrorismo o de violencia sexual y 
permisos, a tiempo parcial por lactancia o cuidado de menores o 
familiares afectados por enfermedad grave.

5.      Ampliación de derechos:

o    Serán de aplicación a los contratos predoctorales, los derechos 
recogidos para el PDI y para el PI, en la LOSU y la Ley de la Ciencia 
respectivamente. Además, se añaden derechos provenientes de las leyes de 
Igualdad y de Violencia de Género.

6.      Retribuciones:

o    Se mantiene el nivel retributivo del Grupo M3 del Convenio de 
Personal Laboral de la Administración General del Estado (anteriormente 
Grupo 1).

Esta nueva regulación, que entró en vigor el día 12 de diciembre se 
aplicará a los contratos predoctorales que se encuentren vigentes a la 
entrada en vigor de la Ley 17/2022, de modificación de la Ley de la 
Ciencia, así como a los contratos predoctorales que se hubiesen suscrito 
a partir de su entrada en vigor.

Quedamos a vuestra disposición para resolver cualquier duda o aclaración

  		 [2]

-- 

Sección Sindical UGT Universidad de Zaragoza [2]

Edificio Cervantes, 2º planta

C/Corona de Aragón, 42
CP 50009 Zaragoza

976 761 167 - Ext 841167



Links:
------
[1] 
https://urldefense.com/v3/__https://www.boe.es/boe/dias/2024/12/11/pdfs/BOE-A-2024-25795.pdf__;!!D9dNQwwGXtA!THpX2U95gzqS-YEtBQF4ZMSNlfj92bvvpmyCmVk6Rd5aDg0pXFly7wiov2bqug3kZ_2fhj3R-ND0IM4VKksZf4HZ$
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