[Sindicales.pdif] CSIF Informa: Las Profesoras y Profesores Asociados que hayan perdido su empleo fuera del ámbito académico universitario pueden ser contratados en el curso 2021-2022
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csi-csif en unizar.es
Mie Mayo 26 13:38:51 CEST 2021
Las Profesoras y Profesores Asociados que hayan perdido su empleo fuera
del ámbito académico universitario podrán ser contratados en el curso
2021-2022
* Atendiendo a una reiterada demanda de CSIF, el Ministerio de
Universidades incluye una disposición adicional en el Real Decreto Ley
"sobre medidas para la recuperación y el establecimiento de la actividad
empresarial" para para que los profesores y profesoras asociados que
hayan perdido su empleo fuera del ámbito académico universitario, puedan
ser contratados en el curso 2021-2022
* Excepcionalmente, por motivos justificados y con un ámbito del curso
2021-22, la renovación de los contratos podrá realizarse sin que sea
necesario acreditar por parte de la persona contratada el ejercicio de
una actividad profesional fuera del ámbito académico universitario
El Consejo de Ministros de este 25 de mayo de 2021 ha aprobado el Real
Decreto Ley sobre medidas para la recuperación y el restablecimiento de
la actividad empresarial. En ese Real Decreto, el Ministerio de
Universidades ha incluido una disposición adicional donde se regulan las
reglas aplicables a la renovación de los contratos de profesorado
asociado celebrados por las universidades.
La situación socioeconómica provocada por la COVID-19 ha traído como
consecuencia que determinadas profesoras y profesores asociados se hayan
visto afectados por extinciones o suspensiones de sus relaciones
laborales o por cancelaciones de su actividad profesional externa al
ámbito académico. Es por ello que, excepcionalmente, por motivos
justificados y con un ámbito temporal limitado al curso 2021-2022, la
renovación de dichos contratos podrá realizarse sin que sea necesario
acreditar por parte de la persona contratada el ejercicio de una
actividad profesional fuera del ámbito académico universitario.
Esta disposición adicional faculta a las universidades para que puedan
proceder a dicha renovación, permitiendo así el mantenimiento de dichos
empleos.
Nuevo y lamentable retraso para las personas que están esperando la
resolución de certificaciones I3
La Secretaría General de Universidades ha emitido Resolución por la que
se acuerda ampliar el plazo máximo para resolver y notificar el
resultado de las solicitudes de certificaciones I3. El 10 de noviembre
de 2020 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 4
de noviembre de 2020, de la Secretaría General de Universidades, por la
que se fija el procedimiento para la expedición de las certificaciones
I3 a efectos de lo establecido en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
El Ministerio de Universidades está indicando a los afectados que "Dado
el elevado volumen de solicitudes recibidas, se hace necesaria una
ampliación del plazo máximo de resolución con el fin de preservar las
garantías de los interesados en dicho procedimiento. De conformidad con
lo establecido en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que
permite excepcionalmente la ampliación del plazo máximo para resolver y
notificar cuando se hayan agotado los medios personales y materiales
disponibles a los que se refiere el apartado 5 del artículo 21 de la
misma".
Con esta fútil excusa para un retraso lamentable, la Secretaría General
de Universidades ha resuelto: "Ampliar hasta seis meses el plazo máximo
de resolución y notificación establecido en el punto quinto, apartado 3,
de la Resolución de 4 de noviembre de 2020, de la Secretaría General de
Universidades, por la que se fija el procedimiento para la expedición de
las certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley 6/2018, de
3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018".
Contra la resolución, que deberá ser notificada a los interesados, no
cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
26 de mayo de 2021
Un cordial saludo.
CSIF UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
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