[Sindicales.pdif] CSIF INFORMA: Informe ¿A qué puede llamarse universidad?
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csi-csif en unizar.es
Mar Mar 23 17:07:45 CET 2021
Por su indudable calidad, interés y actualidad os facilitamos el acceso
al informe _¿A qué puede llamarse universidad? Análisis del grado de
cumplimiento de los requisitos actuales y los nuevos requisitos
previstos_ realizado por Vera Sacristán y publicado el 18 de marzo de
2021 por Observatorio del Sistema Universitario.
Transcribimos Resumen ejecutivo y remitimos enlace al informe
https://www.observatoriuniversitari.org/es/2021/03/a-que-puede-llamarse-universidad/
A la vista de los resultados del informe, desde CSIF nos preguntamos:
* ¿El texto que se prepara está ajustado a la realidad del Sistema
Universitario Español?
* ¿El documento se adapta a los requerimientos del Espacio Europeo de
Educación Superior?
* ¿Qué medidas se van a tomar para mejorar la situación de unas
plantillas de PDI temporales y precarizadas?
* ¿Para cuándo la supresión de la tasa de reposición que permita
amplias convocatorias de plazas?
* ¿Por qué no se modifican ya los criterios ANECA de evaluación del
Personal Docente e Investigador?
* ¿Cuándo permitirán la normalidad en convocatorias de plazas de
cuerpos docentes universitarios?
* ¿Por qué no se facilita la estabilización de las figuras de PDI
laboral temporal?
¿A QUÉ PUEDE LLAMARSE UNIVERSIDAD?
ANÁLISIS DEL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ACTUALES Y LOS
NUEVOS REQUISITOS PREVISTOS
En este informe analizamos, en la medida en que lo permiten los datos
oficiales publicados, el grado de cumplimiento por parte de las
universidades españolas de los requisitos previstos en el _Proyecto de
Real Decreto de creación, reconocimiento y autorización de universidades
y centros universitarios, y acreditación institucional de centros
universitarios_ [1] recientemente sometido a audiencia pública, así como
de los exigidos por el _Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de
creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y
centros universitarios_ [2], actualmente en vigor.
Hemos excluido de nuestro análisis las dos universidades públicas
especiales -pues los requisitos no les son de aplicación- y las cinco
universidades privadas reconocidas desde el 1/1/2019 -por falta de datos
suficientes-. En total, pues, presentamos resultados sobre 48 de las 50
universidades públicas y 33 de las 38 universidades privadas.
Las conclusiones principales del informe son las siguientes.
1. INCUMPLIMIENTO GENERALIZADO DE LOS REQUISITOS VIGENTES
* Si obviamos los que se refieren a infraestructuras, los requisitos
actualmente en vigor se limitan a cinco. Uno exige una oferta docente
mínima (que todas las universidades cumplen) y los otros cuatro se
refieren a la plantilla docente, y exigen una ratio mínima entre
profesorado y estudiantado, así como unos porcentajes mínimos de PDI
doctor, a tiempo completo y permanente (este último criterio no se
aplica a las universidades privadas).
* La mayor parte de estos requisitos están en vigor desde hace
décadas.
* Sólo 18 universidades del total de 81 cumplen los requisitos
vigentes.
* Se da un fuerte contraste entre comunidades autónomas. En un extremo
destaca Cataluña, donde ni una sola de las 12 universidades (7 públicas
y 5 privadas) cumple los requisitos actualmente en vigor. Le sigue
Madrid, donde de las 14 universidades (6 públicas y 8 privadas) sólo los
cumple una, que es pública.
* Si tenemos en cuenta también los centros adscritos, el cumplimiento
se desploma aún más: las universidades que cumplen todos los requisitos
vigentes se reducen de 18 a 10: 8 públicas y 2 privadas.
* Todo ello plantea la necesidad de articular un sistema de
seguimiento efectivo del cumplimiento de los requisitos legalmente
establecidos.
2. MUY LEJOS DE LOS NUEVOS REQUISITOS PREVISTOS
* El proyecto de real decreto incrementa los requisitos sobre la
oferta docente, que pasan de 1 a 6, y añade un nuevo conjunto de 5
requisitos sobre la actividad investigadora. En cuanto a los requisitos
sobre la plantilla de PDI, uno desaparece, otro se relaja, un tercero se
mantiene y un cuarto se extiende a las universidades privadas.
* Sólo 12 universidades del total de 81 cumplen los requisitos que
prevé el proyecto para los centros propios.
* Todas ellas son públicas.
* Si se añaden también los requisitos para los centros adscritos, las
12 universidades cumplidoras se reducen a solamente 4.
3. LOS REQUISITOS QUE MÁS SE INCUMPLEN: DIFERENCIAS ENTRE UNIVERSIDADES
PÚBLICAS Y PRIVADAS
* Las universidades públicas fallan principalmente en los requisitos
relativos a las plantillas de PDI (33 universidades públicas no los
cumplen) y a los centros adscritos (32).
* La mayoría de las universidades públicas cumplen los requisitos
sobre la actividad investigadora (sólo 10 no cumplen alguno de los tres
requisitos que es posible comprobar a partir de los datos públicos) y
todas cumplen los requisitos sobre la oferta docente.
* Las universidades privadas fallan masivamente en los requisitos
sobre la actividad investigadora (sólo 1 cumple los tres requisitos que
es posible comprobar a partir de los datos públicos), sobre los centros
adscritos (sólo 2 los cumplen) y sobre las plantillas de PDI (sólo 9 los
cumplen).
* Los requisitos que más universidades privadas cumplen son los que se
refieren a la oferta docente y, aun así, la mayoría los incumple (17
universidades de 33).
* De los requisitos docentes, el que más universidades privadas
incumplen es el relativo a la oferta de programas de doctorado. De
hecho, 8 universidades privadas no ofrecen estudios de doctorado de
ningún tipo.
* Ninguna universidad privada consigue superar el conjunto de
requisitos que propone el proyecto.
4. UNIVERSIDADES MUY INCUMPLIDORAS
Algunas universidades destacan por estar muy lejos de cumplir los
requisitos previstos en el Proyecto:
* En cuanto a la oferta docente, la Universidad del Atlántico Medio
(Canarias) incumple los 5 requisitos que hemos podido comprobar de los 6
previstos en el proyecto. Le sigue de cerca la Universidad Fernando
Pessoa-Canarias, con cifras muy semejantes excepto en lo que se refiere
al porcentaje de estudiantes de grado.
* En cuanto a la actividad investigadora, y pese a que el
incumplimiento de los requisitos previstos en el proyecto es masivo,
vuelve a destacar la situación de las universidades del Atlántico Medio
y Fernando Pessoa-Canarias, que incumplen los tres requisitos que nos ha
sido posible comprobar.
* En cuanto a los requisitos actualmente vigentes sobre las plantillas
de PDI, más allá de su incumplimiento generalizado, llaman la atención
las cifras de PDI temporal en las universidades públicas catalanas,
donde 5 de las 7 alcanzan o superan el 60% de contratos temporales (el
máximo permitido es el 40%): Autónoma de Barcelona (60,7%), Barcelona
(60,0%), Lleida (61,8%), Pompeu Fabra (62,9%) y Rovira i Virgili
(69,7%). También lo hacen dos de las universidades públicas madrileñas:
Carlos III (64,5%) y Rey Juan Carlos (64,4%), así como la Universitat de
les Illes Balears (62,4%).
* Entre las universidades públicas, también destacan por el bajo
porcentaje de PDI con dedicación a tiempo completo (inferior al 40%,
cuando el mínimo exigido actualmente es el 60%) tres de las
universidades catalanas: Autónoma de Barcelona (38,0%), Barcelona
(39,1%) y Rovira i Virgili (31,6%).
* Entre las universidades privadas, de nuevo la Universidad del
Atlántico Medio incumple todos los requisitos (actuales y previstos)
sobre las plantillas de PDI.
* Destacan tres universidades privadas por su muy baja ratio de
profesorado por estudiante, inferior a la mitad de lo exigido: Abat
Oliba CEU (0,46 PDI por cada 25 estudiantes), Europea del Atlántico
(0,47) y Oberta de Catalunya (0,50 PDI por cada 100 estudiantes).
* Destacan por su muy alta proporción de PDI con contrato temporal
(60% o superior) las universidades privadas siguientes: Antonio de
Nebrija (75,8%), Atlántico Medio (98,4%), Fernando Pessoa-Canarias
(71,4%), IE Universidad (88,1%) e Internacional de Catalunya (68,4%).
* Entre las universidades privadas, destacan por su bajísima
proporción de PDI a tiempo completo (menos del 30% cuando el mínimo
exigido actualmente es el 60%) las siguientes: Alfonso X el Sabio
(11,6%), Atlántico Medio (6,3%), Europea de Madrid (24,4%), IE
Universidad (19,6%), Internacional de Catalunya (27,9%), Pontificia
Comillas (21,2%) e Internacional Isabel I de Castilla (20,3%).
5. LOS CENTROS ADSCRITOS, EN ENTREDICHO
Hemos podido contrastar tan solo 4 de los 9 requisitos previstos en el
proyecto para los centros adscritos a las universidades. Además, estos
indicadores se conocen sólo de forma agregada para todos los centros
adscritos a una misma universidad. Por lo tanto, las conclusiones
siguientes se refieren al conjunto de centros adscritos a cada
universidad y no a cada uno de ellos. A pesar de estas limitaciones,
constatamos:
* El único requisito actualmente en vigor, referido al porcentaje de
PDI doctor en los centros adscritos, se incumple en la mitad de las
universidades.
* En este sentido, destacan por tener porcentajes inferiores al 30% de
PDI doctor en centros adscritos (el mínimo exigido actualmente es el
50%) las universidades de Burgos (28,6%), Las Palmas de Gran Canaria
(23,8%), Málaga (28,2%), Salamanca (24,6%), Santiago de Compostela
(25,9%) y Mondragón (26,2%).
* El porcentaje de temporalidad en centros adscritos previsto en el
proyecto se incumple en 29 del total de 50.
* La ratio de PDI por estudiante en centros adscritos prevista en el
Proyecto se incumple en 17 del total de 49 universidades con datos.
* Todo ello pone en cuestión la viabilidad y calidad de la gran
mayoría de este tipo de centros.
CSIF UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
23 de marzo de 2021
Links:
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[1]
https://www.ciencia.gob.es/stfls/MICINN/Ministerio/FICHEROS/Participacion_Publica/20210120_Borrador_RD_creacion_rec_universidades_Texto_final_audiencia.pdf
[2] https://www.boe.es/eli/es/rd/2015/05/29/420/con
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