[Sindicales.pas] CCOO INFORMA: Evaluación del desempeño, RPT y Criterios OEP estabilización.

ccoo ccoo en unizar.es
Jue Oct 21 09:30:43 CEST 2021


Buenos días:

Ayer, día 20 de octubre, tuvo lugar una Mesa de PAS en la que se 
trataron varios asuntos:

1. Presentación por parte de la Directora de la Inspección General de 
Servicios, Isabel Luengo, del borrador de Reglamento de Evaluación del 
Desempeño.

Tras la presentación del documento, el Gerente nos emplazó a los 
sindicatos a hacerle llegar nuestras propuestas de mejora del texto para 
la siguiente Mesa.

El documento es un texto, en general, positivo, salvo la desafortunada 
inclusión en el mismo de determinados aspectos sancionadores con los que 
CCOO no estamos en absoluto en acuerdo.

Nos referimos a estos dos puntos:

_La obtención de una Valoración del desempeño individual negativa, 
supondrá la exclusión __del/la empleado/a público/a de la 
correspondiente bolsa de empleo de puestos de trabajo de__carácter 
temporal de la cual forme parte._

_La obtención, durante dos evaluaciones del desempeño consecutivas, de 
una calificación negativa de la Valoración del desempeño individual 
podrá implicar la apertura de un expediente informativo que podría 
implicar la adopción de las medidas que se considere incluida la 
remoción de un puesto de trabajo obtenido por concurso._

Evidentemente, CCOO propondremos su supresión pues entendemos que un 
Reglamento de Evaluación del Desempeño tiene que tener como objeto la 
valoración del rendimiento del personal de cara a la progresión en la 
carrera profesional. El régimen disciplinario de los trabajadores y las 
trabajadoras ya está recogido en el EBEP y en el vigente Pacto Convenio. 
No vemos necesidad alguna de mención a sanciones como consecuencia de 
Evaluaciones del Desempeño negativas. Se evalúa el desempeño para 
mejorar, no para sancionar.

La no supresión de estos dos puntos hará muy difícil el apoyo de CCOO a 
este Reglamento.

Por lo demás, a fin de valorar la adecuación de dicho Reglamento, va a 
haber una experiencia piloto previa en determinadas unidades de la 
Universidad.

2. Aprobación de la RPT para 2021. Se aprobó con el voto favorable de 
CCOO pues entendemos que el nuevo procedimiento puesto en marcha por la 
Gerencia a partir del informe previo de la IGS de las peticiones de 
modificación recibidas desde los centros y servicios es un procedimiento 
transparente y argumentado.

De resultas de la aplicación de esta nueva metodología, CCOO asumimos 
que las modificaciones propuestas en la RPT para este año son 
necesarias, si bien es llamativo que la parte del león de la 
modificación en coste se la lleve el SICUZ (de un total de 305.914,20 
EUR de coste, nada menos que 251.058,74 EUR van destinados a la recién 
creada Vicegerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación).

Mientras tanto, nuestra ya histórica reivindicación de análisis de los 
niveles y complementos específicos a fin de detectar desajustes entre 
puestos de similar categoría y funciones queda de nuevo preterida hasta 
una próxima ocasión. La confianza en el compromiso del Gerente de 
abordar en 2022 este análisis y la posterior modificación de RPT que 
conlleve fue decisiva para nuestro apoyo a la propuesta de RPT.

3. Con todo, por la repercusión que tiene en las expectativas que ha 
generado el RDL de medidas para acabar con la temporalidad en el empleo 
público, convalidado y plenamente vigente, que ahora se está tramitando 
como Ley, cabe destacar de la Mesa de ayer la aprobación de los 
criterios de para la OEP de estabilización, condicionados, en todo caso, 
al futuro cumplimiento de las normas de la inmediata Ley de 
temporalidad.

CCOO no tenemos ninguna duda de la voluntad de este Gerente por cumplir 
el espíritu y la letra del RDL y de la futura Ley. De ahí que su 
propuesta de criterios sea lo más amplia posible y que pueda satisfacer 
al conjunto de la plantilla que puede ser objeto de estabilización. En 
este sentido, CCOO nos congratulamos de esta voluntad de la Gerencia de 
facilitar en todo lo posible, dentro del marco legal vigente y futuro, 
la estabilización del personal temporal de nuestra Universidad.

_Criterios Oferta de empleo público estabilización._

_A la espera de que el proyecto de ley de estabilización de empleo sea 
aprobado en las Cortes Generales, podemos decir es el criterio seguido a 
la hora de designar los puestos objeto de estabilización sería el 
siguiente:_

Se han tenido en cuenta aquellos puestos que hayan estado ocupados de 
forma temporal e ininterrumpidamente durante los 3 últimos años de 
referencia del RDL, independientemente del tipo de nombramiento, 
pudiendo haber sido tanto por existencia de vacante, por sustitución 
transitoria del titular o por ejecución de programas de carácter 
temporal antes de su incorporación a RPT, en su caso. Incluso también se 
ha tenido en cuanta la posibilidad de que en algún momento hubiera 
estado como laboral temporal, por los casos de jubilaciones parciales 
del personal laboral fijo. (en cuanto a la ocupación ininterrumpida, se 
tendrá en cuenta una interrupción máxima de un mes para considerar el 
puesto para estabilización).

Puesto FRPT. Se consideran sólo los puestos financiados por Gerencia, 
por el programa 422P. Se han tenido en cuenta tanto el nombramiento por 
ejecución de programas de carácter temporal como el de acumulación de 
tareas dado que en varias ocasiones estos comienzan con una acumulación 
y terminan con un PCT. También se han tenido en cuenta a los laborales 
tanto
temporales en sentido extricto, como indefinidos no fijos (p.e. 
UNIVERSA)

Gracias por vuestra atención

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