[Sindicales.pas] CCOO INFORMA: Evaluación del desempeño, RPT y Criterios OEP estabilización.
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ccoo en unizar.es
Jue Oct 21 09:30:43 CEST 2021
Buenos días:
Ayer, día 20 de octubre, tuvo lugar una Mesa de PAS en la que se
trataron varios asuntos:
1. Presentación por parte de la Directora de la Inspección General de
Servicios, Isabel Luengo, del borrador de Reglamento de Evaluación del
Desempeño.
Tras la presentación del documento, el Gerente nos emplazó a los
sindicatos a hacerle llegar nuestras propuestas de mejora del texto para
la siguiente Mesa.
El documento es un texto, en general, positivo, salvo la desafortunada
inclusión en el mismo de determinados aspectos sancionadores con los que
CCOO no estamos en absoluto en acuerdo.
Nos referimos a estos dos puntos:
_La obtención de una Valoración del desempeño individual negativa,
supondrá la exclusión __del/la empleado/a público/a de la
correspondiente bolsa de empleo de puestos de trabajo de__carácter
temporal de la cual forme parte._
_La obtención, durante dos evaluaciones del desempeño consecutivas, de
una calificación negativa de la Valoración del desempeño individual
podrá implicar la apertura de un expediente informativo que podría
implicar la adopción de las medidas que se considere incluida la
remoción de un puesto de trabajo obtenido por concurso._
Evidentemente, CCOO propondremos su supresión pues entendemos que un
Reglamento de Evaluación del Desempeño tiene que tener como objeto la
valoración del rendimiento del personal de cara a la progresión en la
carrera profesional. El régimen disciplinario de los trabajadores y las
trabajadoras ya está recogido en el EBEP y en el vigente Pacto Convenio.
No vemos necesidad alguna de mención a sanciones como consecuencia de
Evaluaciones del Desempeño negativas. Se evalúa el desempeño para
mejorar, no para sancionar.
La no supresión de estos dos puntos hará muy difícil el apoyo de CCOO a
este Reglamento.
Por lo demás, a fin de valorar la adecuación de dicho Reglamento, va a
haber una experiencia piloto previa en determinadas unidades de la
Universidad.
2. Aprobación de la RPT para 2021. Se aprobó con el voto favorable de
CCOO pues entendemos que el nuevo procedimiento puesto en marcha por la
Gerencia a partir del informe previo de la IGS de las peticiones de
modificación recibidas desde los centros y servicios es un procedimiento
transparente y argumentado.
De resultas de la aplicación de esta nueva metodología, CCOO asumimos
que las modificaciones propuestas en la RPT para este año son
necesarias, si bien es llamativo que la parte del león de la
modificación en coste se la lleve el SICUZ (de un total de 305.914,20
EUR de coste, nada menos que 251.058,74 EUR van destinados a la recién
creada Vicegerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación).
Mientras tanto, nuestra ya histórica reivindicación de análisis de los
niveles y complementos específicos a fin de detectar desajustes entre
puestos de similar categoría y funciones queda de nuevo preterida hasta
una próxima ocasión. La confianza en el compromiso del Gerente de
abordar en 2022 este análisis y la posterior modificación de RPT que
conlleve fue decisiva para nuestro apoyo a la propuesta de RPT.
3. Con todo, por la repercusión que tiene en las expectativas que ha
generado el RDL de medidas para acabar con la temporalidad en el empleo
público, convalidado y plenamente vigente, que ahora se está tramitando
como Ley, cabe destacar de la Mesa de ayer la aprobación de los
criterios de para la OEP de estabilización, condicionados, en todo caso,
al futuro cumplimiento de las normas de la inmediata Ley de
temporalidad.
CCOO no tenemos ninguna duda de la voluntad de este Gerente por cumplir
el espíritu y la letra del RDL y de la futura Ley. De ahí que su
propuesta de criterios sea lo más amplia posible y que pueda satisfacer
al conjunto de la plantilla que puede ser objeto de estabilización. En
este sentido, CCOO nos congratulamos de esta voluntad de la Gerencia de
facilitar en todo lo posible, dentro del marco legal vigente y futuro,
la estabilización del personal temporal de nuestra Universidad.
_Criterios Oferta de empleo público estabilización._
_A la espera de que el proyecto de ley de estabilización de empleo sea
aprobado en las Cortes Generales, podemos decir es el criterio seguido a
la hora de designar los puestos objeto de estabilización sería el
siguiente:_
Se han tenido en cuenta aquellos puestos que hayan estado ocupados de
forma temporal e ininterrumpidamente durante los 3 últimos años de
referencia del RDL, independientemente del tipo de nombramiento,
pudiendo haber sido tanto por existencia de vacante, por sustitución
transitoria del titular o por ejecución de programas de carácter
temporal antes de su incorporación a RPT, en su caso. Incluso también se
ha tenido en cuanta la posibilidad de que en algún momento hubiera
estado como laboral temporal, por los casos de jubilaciones parciales
del personal laboral fijo. (en cuanto a la ocupación ininterrumpida, se
tendrá en cuenta una interrupción máxima de un mes para considerar el
puesto para estabilización).
Puesto FRPT. Se consideran sólo los puestos financiados por Gerencia,
por el programa 422P. Se han tenido en cuenta tanto el nombramiento por
ejecución de programas de carácter temporal como el de acumulación de
tareas dado que en varias ocasiones estos comienzan con una acumulación
y terminan con un PCT. También se han tenido en cuenta a los laborales
tanto
temporales en sentido extricto, como indefinidos no fijos (p.e.
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