[Sindicales.pas] UGT Informa: Regulación Teletrabajo EBEP
infougt
infougt en unizar.es
Mie Sep 30 10:15:29 CEST 2020
Buenos días, la semana pasasa el Gobierno y los Sindicatos
representativos en el sector público firmamos la reforma del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) para
recoger la regulación básica del teletrabajo en la función pública.
UGT dio su respaldo al texto porque deja claros elementos básicos como
la voluntariedad, la reversibilidad y la asunción de gastos por parte de
las administraciones.
Además, introduce una serie de valores como la transparencia, la
igualdad y la objetividad, lo que concede al teletrabajo un carácter lo
suficientemente garantista en términos de derechos para los empleados
públicos y en términos de servicios para la ciudadanía.
Este acuerdo servirá de norma básica para todas las administraciones y
para todos los empleados públicos y deberá desarrollarse sectorial y
territorialmente a través de la negociación colectiva.
En la UZ tenemos regulado el teletrabajo para el PAS, pero nos queda
todavía desarrollar una regulación para el PDI, objetivo que nos hemos
marcado dentro de la negociación colectiva entre otros como asegurar el
aumento y la estabilidad de las plantillas, eliminar la limitación que
supone la tasa de reposición, abordar la carrera y la clasificación
profesional, mejorar los derechos laborales y avanzar en la recuperación
del poder adquisitivo.
De este modo en el BOE de hoy se ha publicado el Real Decreto Ley
29/2020, de 29 de septiembre [1] que incluye la reforma del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP):
Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre.
Se introduce un nuevo artículo 47 bis en el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que queda redactado en los
siguientes términos:
«Artículo 47 bis. Teletrabajo.
* Se considera teletrabajo aquella modalidad de prestación de
servicios a distancia en la que el contenido competencial del puesto de
trabajo puede desarrollarse, siempre que las necesidades del servicio lo
permitan, fuera de las dependencias de la Administración, mediante el
uso de tecnologías de la información y comunicación.
* La prestación del servicio mediante teletrabajo habrá de ser
expresamente autorizada y será compatible con la modalidad presencial.
En todo caso, tendrá carácter voluntario y reversible salvo en supuestos
excepcionales debidamente justificados. Se realizará en los términos de
las normas que se dicten en desarrollo de este Estatuto, que serán
objeto de negociación colectiva en el ámbito correspondiente y
contemplarán criterios objetivos en el acceso a esta modalidad de
prestación de servicio.
El teletrabajo deberá contribuir a una mejor organización del trabajo a
través de la identificación de objetivos y la evaluación de su
cumplimiento.
* El personal que preste sus servicios mediante teletrabajo tendrá los
mismos deberes y derechos, individuales y colectivos, recogidos en el
presente Estatuto que el resto del personal que preste sus servicios en
modalidad presencial, incluyendo la normativa de prevención de riesgos
laborales que resulte aplicable, salvo aquellos que sean inherentes a la
realización de la prestación del servicio de manera presencial.
* La Administración proporcionará y mantendrá a las personas que
trabajen en esta modalidad, los medios tecnológicos necesarios para su
actividad.
* El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se
regirá, en materia de teletrabajo, por lo previsto en el presente
Estatuto y por sus normas de desarrollo.»
Os seguiremos manteniendo informados!!
Un saludo
UGT Universidad
--
Sección Sindical UGT Universidad de Zaragoza
Edificio de Servicios
C\ Domingo Miral nº 4
CP 50009 Zaragoza
Teléfono: 976 76 11 67
Extensión: 84 11 67
Web: ugt.unizar.es [2]
Links:
------
[1] https://www.boe.es/boe/dias/2020/09/30/pdfs/BOE-A-2020-11415.pdf
[2] https://ugt.unizar.es/
------------ próxima parte ------------
Se ha borrado un adjunto en formato HTML...
URL: <http://listas.unizar.es/pipermail/sindicales.pas/attachments/20200930/9bed6c8b/attachment.html>
Más información sobre la lista de distribución Sindicales.pas