[INMA-CSIC] Instrucciones sobre vacaciones y permisos
Gerencia CEQMA
gerencia.ceqma en csic.es
Mie Feb 18 17:18:11 CET 2026
Buenas tardes,
Con motivo de la última Inspección de Trabajo, a partir de este año,
vamos a intentar cumplir las instrucciones generales del Ministerio para
la Transformación Digital y de la Función Pública recogidas en la
Instrucción del calendario laboral del CSIC emitida todos los años por
el Secretario General Ignacio Gutiérrez Llano.
Os hacemos un resumen de los aspectos más importantes:
*Vacaciones:*
/Las vacaciones se disfrutarán, previa autorización y siempre que
resulte compatible con las necesidades del servicio, dentro del año
natural y hasta el 31 de enero del año siguiente, en períodos mínimos de
5 días hábiles consecutivos .../... Se podrá solicitar el disfrute
independiente de hasta 5 días hábiles por año natural./
Es decir, no se pueden autorizar mas de 5 días de vacaciones para
disfrutar de forma individual.
*Asuntos particulares-"Moscosos":*
/A lo largo de cada año, los empleados y empleadas públicos tendrán
derecho a disfrutar de seis días de permiso por asuntos particulares (o
los correspondientes por antigüedad). Tales días no podrán acumularse a
los períodos de vacaciones anuales. Sin perjuicio de lo anterior, y
siempre que las necesidades del servicio lo permitan, los días de
permiso por asuntos particulares podrán acumularse a los días de
vacaciones que se disfruten de forma independiente./
Es decir, sólo los días de vacaciones que puedan disfrutarse de forma
independiente, pueden juntarse con los moscosos.
Cuestiones Generales respecto a los permisos:
Tanto las vacaciones como los asuntos particulares van ligados a la
duración del contrato en vigor.
Desde la Intranet se calculan automáticamente según fechas de inicio.
Hasta que se puso en marcha la duración indefinida de los contratos,
también aparecían en función de la duración prevista, pero en este
momento es imposible controlar este tema por lo que todos deben saber
que los permisos desaparecen en el momento de finalizar el contrato y
ya no son recuperables.
A partir del momento en que se reciba este email, *no se podrán
solicitar vacaciones que se han generado con un contrato después de su
finalización*, aunque se haya formalizado otro de forma consecutiva.
Esperamos que estas instrucciones sirvan para una mejor gestión de los
permisos. Si tenéis dudas al respecto, por favor, pasad por
administración e intentaremos resolvéroslas.
Muchas gracias a todos por vuestra colaboración
Saludos
Gerencia y Personal CEQMA
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