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<body text="#000000" bgcolor="#FFFFFF">
<p><font color="#0000a0">Buenas tardes,</font></p>
<p><font color="#0000a0">Con motivo de la última Inspección de
Trabajo, a partir de este año, vamos a intentar cumplir las
instrucciones generales del Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública recogidas en la Instrucción del
calendario laboral del CSIC emitida todos los años por el
Secretario General Ignacio Gutiérrez Llano.</font></p>
<p><font color="#0000a0">Os hacemos un resumen de los aspectos más
importantes:</font></p>
<p><font color="#0000a0"><b>Vacaciones:</b></font></p>
<p><font color="#800080"><i>Las vacaciones se disfrutarán, previa
autorización y siempre que resulte compatible con las
necesidades del servicio, dentro del año natural y hasta el 31
de enero del año siguiente, en períodos mínimos de 5 días
hábiles consecutivos .../... Se podrá solicitar el disfrute
independiente de hasta 5 días hábiles por año natural.</i></font></p>
<p><font color="#0000a0">Es decir, no </font><font color="#0000a0">se
pueden autorizar mas de 5 días de vacaciones para disfrutar de
forma individual. </font></p>
<p><font color="#0000a0"><br>
</font></p>
<p><font color="#0000a0"><b>Asuntos particulares-"Moscosos":</b></font></p>
<p><font color="#800080"><i>A lo largo de cada año, los empleados y
empleadas públicos tendrán derecho a disfrutar de seis días de
permiso por asuntos particulares (o los correspondientes por
antigüedad). Tales días no podrán acumularse a los períodos de
vacaciones anuales. Sin perjuicio de lo anterior, y siempre
que las necesidades del servicio lo permitan, los días de
permiso por asuntos particulares podrán acumularse a los días
de vacaciones que se disfruten de forma independiente<font
color="#0000a0">.</font></i></font></p>
<p><font color="#0000a0">Es decir, sólo los días de vacaciones que
puedan disfrutarse de forma independiente, pueden juntarse con
los moscosos.</font></p>
<p><font color="#0000a0"><br>
</font></p>
<p><font color="#0000a0">Cuestiones Generales respecto a los
permisos:</font></p>
<p><font color="#0000a0">Tanto las vacaciones como los asuntos
particulares van ligados a la duración del contrato en vigor. </font></p>
<p><font color="#0000a0">Desde la Intranet se calculan
automáticamente según fechas de inicio. Hasta que se puso en
marcha la duración indefinida de los contratos, también
aparecían en función de la duración prevista, pero en este
momento es imposible controlar este tema por lo que todos deben
saber que los permisos desaparecen en el momento de finalizar el
contrato y ya no son recuperables.</font></p>
<p><font color="#0000a0">A partir del momento en que se reciba este
email, <b>no se podrán solicitar vacaciones que se han generado
con un contrato después de su finalización</b>, aunque se haya
formalizado otro de forma consecutiva.</font></p>
<p><font color="#0000a0"><br>
</font></p>
<p><font color="#0000a0">Esperamos que estas instrucciones sirvan
para una mejor gestión de los permisos. Si tenéis dudas al
respecto, por favor, pasad por administración e intentaremos
resolvéroslas.</font></p>
<p><font color="#0000a0">Muchas gracias a todos por vuestra
colaboración</font></p>
<p><font color="#0000a0">Saludos</font></p>
<p><font color="#0000a0"><br>
</font></p>
<p><font color="#0000a0">Gerencia y Personal CEQMA</font></p>
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</body>
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