<div dir='auto'><div><div class="elided-text"><br><br type="attribution"><blockquote style="margin:0 0 0 0.8ex;border-left:1px #ccc solid;padding-left:1ex">
<div>
<p>
</p>
<p style="text-align:justify"> </p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size:12pt;line-height:107%">Estimados
compañeros,</span></p>
<p style="margin-bottom:0cm;text-align:justify;line-height:normal"><span style="font-size:12pt">Porque
TU
VOTO VALE MUCHO, CSIF lleva tu voz a todos los ámbitos de
negociación. A
diferencia de otros sindicatos, CSIF participa en las
principales Mesas
Generales de negociación de las Administraciones Públicas de
ámbito autonómico y
estatal, estando presentes en la Mesa Sectorial de Universidades
y en la ANECA.
</span></p>
<p style="text-align:justify;line-height:normal"><span style="font-size:12pt">En un momento en el que se aproximan los plazos y las fechas de
aprobación
de los nuevos criterios de evaluación de la convocatoria 2023 de
sexenios de
investigación y de los criterios del nuevo Real Decreto de
acreditación, CSIF
ha presentado a la
ANECA las
siguientes propuestas y comentarios sobre
los nuevos criterios de evaluación de los Sexenios de
Investigación y los
criterios del nuevo RD de acreditación:</span></p>
<p style="text-align:justify;line-height:normal"><span style="font-size:12pt">1º) Nos produce inquietud un
sistema que da mucho margen a la subjetividad y a la
discrecionalidad
valorativa. El uso de una narrativa como punto de
partida para la
valoración de las aportaciones parece lo adecuado, pero puede
conllevar un
abuso de la discrecionalidad valorativa, que podría ser empleada
con fines
espurios si no se emplean unas métricas claras e inequívocas de
mínimos. Hay
que tener en cuenta que los presidentes de los campos son
designados y no
elegidos. Un aumento de la discrecionalidad técnica en la
valoración de las
aportaciones (y posteriormente de los méritos para las
acreditaciones) puede
llevar a la comunidad universitaria a no tener posible defensa
frente a un caso
de abuso, pues ningún juez entrará a poner en duda un juicio
técnico. </span></p>
<p style="text-align:justify;line-height:normal"><span style="font-size:12pt">2º) Resulta muy perjudicial
que la evaluación negativa bloquee los años y los méritos
evaluados
negativamente. Debería haber derecho de desistimiento y
así
reordenar los méritos con el fin de conseguir un mínimo o
esperar un año más.
Esto es especialmente sangrante en las primeras evaluaciones, en
las que los
candidatos someten más de un período. Cualquier error hace que
pierdan toda
posibilidad en lugar de conseguir, al menos, un mínimo. </span></p>
<p style="text-align:justify;line-height:normal"><span style="font-size:12pt">3º) Determinado número de
sexenios (3 para CU y 1 para TU) debería suponer tener la
suficiencia
en la Dimensión investigadora-Resultados de la actividad
investigadora.</span></p>
<p style="text-align:justify;line-height:normal"><span style="font-size:12pt">Sería justo y razonable que fuera suficiente tener 3 sexenios para
la
acreditación a CU y 1 sexenio para la acreditación a TU. Nos
referimos, particularmente,
a 3 sexenios para la acreditación a CU: teniendo en cuenta que
es lo que la
propia Ley exige para que un Catedrático pueda estar en las
comisiones de
acreditación ( art. 7.2 del RD 678/2023); o, en su caso, incluso
para
postularse como Rector – Disposición Transitoria Primera.3.
LOSU- ). Tener 3
sexenios supondría tener 18 años de actividad investigadora con
cierta calidad
y prolongada en el tiempo. Otro tanto, por la misma razón,
debería suceder para
la acreditación a TU: en este caso teniendo reconocido 1 sexenio
según se
infiere del artículo 21.3 del
RD 678/2023 que dice: "En el caso de la acreditación a Profesor
o
Profesora Titular de Universidad, los méritos y competencias
requeridos para
una evaluación positiva deberán adecuarse a la duración prevista
para la etapa
inicial de la carrera académica en la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de
marzo", es decir, los 6 años de Profesor Ayudante Doctor.</span></p>
<p style="text-align:justify;line-height:normal"><span style="font-size:12pt">4º) Se sugiere la supresión
del requisito de contratación superior a 8 meses para poder
incluir las aportaciones
científicas del año. Supone una penalización
desmesurada a la
carrera científica. No sólo retrasa la adquisición
de sexenios sino
que anula parte de la producción científica del candidato al
perderse la
posibilidad de incluirse en otro periodo computable. Constituye
una
discriminación de carácter desmesurado que no atiende a
criterios de mérito
científico sino a cuestiones meramente administrativas.</span></p>
<p style="text-align:justify;line-height:normal"><span style="font-size:12pt">5º) Se solicita eliminación o
modificación del
apartado 9 del título "I. Criterios generales para todos los
Campos"
que indica que "9. Se establecerán criterios específicos para
los casos de
reiterada publicación de trabajos en las mismas revistas o
editoriales,
...". Esta redacción afecta de forma retroactiva a los méritos
investigadores generados por los/las solicitantes del sexenio,
ya que se
estaría limitando las contribuciones que puede incluir un/una
solicitante al
sexenio a un trabajo investigador ya realizado 6 años antes de
la convocatoria.
Tampoco es coherente limitar el número de artículos de una misma
editorial, ya
que gran parte del mercado editorial de revistas la ocupan unas
pocas
editoriales, además de que una editorial puede tener cientos de
revistas y de
diferente calidad.</span></p>
<p style="margin-bottom:0cm;line-height:normal"><span style="font-size:12.5pt;font-family:'cidfont' 'f9';color:black"> </span><span style="color:#00b050"></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="color:#00b050">PORQUE
TU VOTO TIENE LA ÚLTIMA PALABRA, VOTA CSIF</span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="color:#00b050">ORGULLOSOS
DE HACER UNIVERSIDAD PÚBLICA</span>.</p>
</div>
</blockquote></div><br></div></div>