[Sindicales.pdil] CSIF INFORMA: " 7 medidas para empezar a garantizar la equiparación de derechos laborales y económicos del PDI laboral con los del PDI funcionario "
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csi-csif en unizar.es
Vie Ene 26 08:57:06 CET 2024
CSIF propone 7 medidas para empezar a garantizar la equiparación de
derechos laborales y económicos del PDI laboral con los del PDI
funcionario
La LOSU afirma en su Preámbulo que "garantiza la equiparación de
derechos y deberes académicos del profesorado funcionario y laboral
permanente". Sin embargo, tras más de 9 meses desde su entrada en vigor,
el escenario de precariedad e inestabilidad del PDI laboral resulta
alarmante y escandaloso.
Además, la falta de financiación por parte de las Administraciones
Estatal y Autonómica es la excusa perfecta para que las universidades no
pongan en marcha las necesarias medidas para la estabilización,
promoción y renovación de las plantillas del PDI.
Desde CSIF no nos conformamos con seguir manteniendo un _status quo_
inaceptable y planteamos al Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades y a las CC. AA. las siguientes 7 prioridades para empezar
a equiparar los derechos del PDI laboral con los del PDI funcionario:
1º) Recursos suficientes para la estabilización y promoción del PDI
laboral permanente y temporal. Imprescindibles para conseguir que el
profesorado con contrato laboral temporal no supere el 8% de la
plantilla de PDI de las universidades. Básicos para llevar a cabo los
programas de estabilización y promoción. Necesarios para adaptar el
régimen de dedicación.
2º) Normativa nacional que permita el acceso, reconocimiento y cobro de
Quinquenios y Sexenios para todo el PDI laboral permanente y temporal.
Ya está bien de desobedecer Directivas Europeas o retrasar su aplicación
recurriendo en escala a los Tribunales de Justicia. Tampoco es de recibo
que cada universidad vaya por su lado creándose desigualdades
vergonzosas e inadmisibles.
3º) Frenar la precariedad de los Profesores Asociados con una subida
retributiva digna, la posibilidad de impartir docencia hasta 180 horas
anuales y la promoción a las categorías superiores a las que esté
acreditado. Porque es cierto que pasarán a contratos indefinidos pero
seguirán sin tener un trabajo fijo y permanente. Además, verán rebajadas
sus horas de docencia y sus ya de por sí mermadas retribuciones.
4º) Soluciones generales al tema de la compatibilidad y la gestión de
las bolsas de Profesores Sustitutos. Desde CSIF ya alertamos que la
figura del Profesor Sustituto -sin financiación y sin una normativa
adecuada- genera dudas y problemas y tiene el potencial riesgo de
convertirse en una nueva bolsa de precariedad.
5º) Acceso y cobro de los Complementos Autonómicos por parte del PDI
laboral permanente y temporal. Sin ningún tipo de restricciones tienen
que poder acceder a las retribuciones adicionales que establezcan las
Comunidades Autónomas ligadas a méritos individuales por actividades
docentes, investigadoras, de transferencia, in_nov_ación o gestión.
6º) Los acreditados a Contratado Doctor (CD) deben obtener la
acreditación a Titular de Universidad (TU) sin necesidad de solicitarla.
En la LOSU subyace y así se nos manifestó siempre en el Ministerio de
Universidades que CD y TU son figuras idénticas, solo que una es laboral
y la otra funcionarial. Ante esta situación y en pura lógica, desde
CSIF pedimos que si las figuras van a ser iguales, las acreditaciones
deben ser equivalentes.
7º) Normativa nacional que reconozca al Personal Investigador laboral su
derecho a cobrar los trienios en las mismas condiciones que el resto del
PDI laboral, sin importar la figura de contratación. En esa misma
línea, todos los investigadores laborales de las universidades sean
predoctorales o postdoctorales, deben percibir -sin necesidad de
reclamarlos- los incrementos retributivos establecidos para el personal
al servicio del sector público.
Además de nuestra reiterada exigencia de negociar y aprobar el Estatuto
del PDI, estas reivindicaciones de CSIF son sensatas y razonables, y
buscan acabar con la discriminación y la desigualdad que impera entre el
Personal Docente e Investigador con contrato laboral en muchas
universidades públicas.
El Gobierno y las CC. AA. tienen que aprobar normativas generales que
consigan la equiparación de derechos que establece la LOSU, eviten
actuaciones arbitrarias y reconozcan lo establecido en Directivas
Europeas y en sentencias de los Tribunales de Justicia.
Un cordial saludo.
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