[Sindicales.pdil] UGT Informa: LOSU-CONTRATACIÓN EN PRECARIO
infougt
infougt en unizar.es
Mar Feb 7 10:58:09 CET 2023
Estimados compañeros y compañeras:
Ante la situación de incertidumbre y confusión que se está creando entre
el colectivo de nuestros PDI con contratos en precario, y aunque la LOSU
no ha sido aprobada definitivamente, desde UGT, queremos recordaros
nuestras reivindicaciones al respecto:
Desde el principio, en UGT hemos echado en falta que se produjera una
negociación con las organizaciones sindicales por parte del Ministerio
de Universidades, actitud sin duda lesiva para los derechos de los
colectivos afectados. El resultado es una Propuesta de Ley que delega en
las universidades de manera directa los procesos de contratación de su
profesorado y, por lo tanto, en la negociación colectiva.
Seguimos insistiendo en que la reducción de la temporalidad en las
Universidades, tanto para el PAS como para el PDI, debe ser del 8%,
incluyendo a todo el personal con contrato de carácter temporal, y esta
ley excluye explícitamente a los Profesores Ayudantes Doctores y
Asociados en Ciencias de la Salud, y por supuesto, al personal
predoctoral y los investigadores contratados en base a la Ley de la
Ciencia.
Con el panorama actual, UGT INSISTE en:
* El reconocimiento automático, una vez promulgada la LOSU de la
conversión de los contratos de profesorado asociado en indefinidos, tal
y como establece el art. 79.c) de la Ley, con reconocimiento de los
derechos derivados de los contratos temporales que se hayan sucedido y
generando a partir de ese momento, el cobro de las retribuciones en
concepto de antigüedad. Este reconocimiento será extensivo al resto de
figuras con contrato precario.
* Mantenimiento de la figura del AS6 (180 horas docentes), tal y como
pedido desde el primer momento.
* Reconocimiento de las horas efectivas de trabajo (docentes y no
docentes) en la misma proporción que el resto de trabajadores
comparados.
* Eliminación de la prohibición de participar en la investigación que
lleve a cabo la Universidad.
* La puesta en marcha inmediatamente por las Universidades de los
mecanismos que prevé la Ley en su Disposición Transitoria Octava:
* Establecerán como mérito preferente, en los concursos de acceso a
las plazas de Ayudante Doctor o figuras equivalentes de la normativa
autonómica, haber desempeñado en la fecha de la publicación de la
convocatoria actividades docentes en UUPP españolas durante al menos 5
cursos académicos de los últimos 7 años a través de los contratos de
profesorado asociado u otros contratos de duración igual o inferior a un
año, etc.
* Fomentarán las modalidades de contrato predoctoral para docentes no
doctores que hayan estado vinculados a la universidad al menos 5 cursos
académicos de los últimos 7 años a través de los contratos de
profesorado asociado u otros contratos de duración igual o inferior a un
año, etc.
* Establecerán un programa de promoción interna a Profesorado
Permanente Laboral o figuras equivalentes de la normativa autonómica
para quienes, estando contratados con carácter indefinido y cuenten con
la acreditación, hayan desempeñado en la fecha de la publicación de la
convocatoria actividades docentes en universidades públicas españolas
durante al menos 5 cursos académicos de los últimos 7 años a través de
los contratos de profesorado asociado u otros contratos de duración
igual o inferior a un año, etc.
* Mantenimiento de la figura del Ayudante.
* Convocatoria de concursos para las plazas de profesor permanente
estructurales en un plazo inmediato.
Nos gustaría destacar que las necesidades docentes de las universidades
públicas, una vez se apruebe la LOSU (si finalmente se produce), no
variarán con respecto a la LOU. Por otro lado, estamos estudiando el
Proyecto de Real Decreto por el que se establece la Organización y
Funcionamiento de los Departamentos Universitarios y los Ámbitos de
Conocimiento, que a día de hoy se encuentra en consulta pública.
En el caso de que la publicación de la LOSU en el BOE se produjera, se
continuará con la negociación del Estatuto del PDI (EPDI), y la
negociación colectiva autonómica y en las propias Universidades, donde
seguiríamos reivindicando la puesta en marcha de estas medidas.
Si la Ley tuviera como consecuencia la supresión de algún contrato
laboral, UGT reclamará que estos contratos sean indemnizados como si
hubiesen sido indefinidos desde el primer contrato, para lo que ponemos
a disposición de las personas afectadas nuestros servicios jurídicos, y,
si fuese posible, su tratamiento como conflicto colectivo.
Os mantendremos informados de todo lo que suceda.
--
Sección Sindical UGT Universidad de Zaragoza [1]
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CP 50009 Zaragoza
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