[Sindicales.pdif] CSIF INFORMA: "Alegaciones presentadas por CSIF al Proyecto de RD para la acreditación del PPL por la ANECA"
csi-csif
csi-csif en unizar.es
Jue Mayo 28 14:13:12 CEST 2026
Alegaciones presentadas por CSIF en el proceso de participación pública
en el Proyecto de RD por el que se regula el procedimiento para la
acreditación del Profesor Permanente Laboral por la ANECA
Os remitimos las propuestas generales de CSIF a un nuevo texto del
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades que surgió sin
diálogo, sin negociación colectiva y sin búsqueda de consenso
1º) Exención del requisito de nueve meses de movilidad
En relación con el Artículo 3.2 debería haber una disposición similar a
la Disposición Transitoria quinta apartado 3 de la LOSU que especifica
la exención del requisito de nueve meses de movilidad para los
profesores/as que a la entrada en vigor de la LOSU dispongan de una
acreditación para Profesor/a Titular de Universidad o hubieran iniciado
el trámite para su obtención o estén contratados como Profesor/a
Ayudante Doctor/a, Profesores/as Colaboradores/as con carácter
indefinido o Profesor/a Contratado/a Doctor/a.
Aunque en el borrador del RD, en su preámbulo al final de la página 2 y
principio de la página 3 ya se indica que no tendrán que cumplir el
requisito de 9 meses de movilidad los que cumplan lo dispuesto en la
LOSU, esto debe aparecer también posteriormente y no solo en el
preámbulo.
2º) Posibilidad de desistir o renunciar sin penalización ante propuestas
de resolución negativas
En el Artículo 4.2, debe reflejarse, ante propuestas de resolución
negativas, la posibilidad de desistir o renunciar de su solicitud en 10
días sin penalización como sucede en la norma para los cuerpos docentes
universitarios.
3º) Acreditación vigente de Contratado Doctor válida para PPL y para TU
En este RD se establece que los criterios de acreditación a PPL serán
los mismos que los de TU. Sin embargo, como en la disposición
transitoria tercera de la LOSU solo se establece "que la acreditación
vigente del Profesorado Contratado Doctor o de la figura equivalente en
la normativa autonómica será válida para la figura del Profesorado
Permanente Laboral", se debe en este RD ampliar a que dicha acreditación
será válida también para la figura del Profesorado Titular de
Universidad, por ser los criterios de acreditación iguales a los de PPL.
Por tanto, en el último párrafo de la página 3 del borrador del RD se
debe incluir un texto que indique esta ampliación. Así, debería
incluirse algo como: "Además, teniendo en cuenta que los nuevos
criterios de acreditación a PPL serán iguales a los de acreditación a
TU, la acreditación vigente del Profesorado Contratado Doctor o de la
figura equivalente en la normativa autonómica será válida para la figura
del Profesorado Permanente Laboral y para la figura del Profesorado
Titular de Universidad".
En este mismo sentido, en la disposición transitoria única que aparece
en el borrador, se deberá incluir que, en caso de resolución favorable
de acreditación a PCD, ésta habilitará para concursar a plazas de
titular de universidad.
Conclusión lógica evidente y de sentido común
ANECA afirma en
(https://www.aneca.es/web/guest/-/proyecto-de-real-decreto-por-el-que-se-regula-la-acreditacion-a-ppl-por-aneca
[1]) que: "4. El proyecto de Real Decreto que se propone permite superar
el régimen transitorio regulado por la LOSU respecto a la acreditación a
PCD, cuyos criterios de evaluación no están adaptados a la duración de
la etapa inicial de la carrera académica (los criterios de PCD son, por
tanto, más exigentes que los de PPL)."
👉 Si la propia ANECA reconoce que los criterios de PCD son más exigentes
que los de PPL...
👉 si las acreditaciones de PCD serán válidas para PPL ...
👉 se infiere que deberán ser también válidas para TU...
👉 puesto que los criterios de PCD son más exigentes que los de PPL que
serán idénticos a los de TU.
4º) Ampliación del plazo de entrada en vigor y establecimiento de una
transición ordenada para las solicitudes de evaluación a Profesorado
Contratado Doctor
El paso de un sistema a otro no supone una mera sustitución
terminológica. Para muchas personas solicitantes puede implicar un
cambio sustantivo en la estrategia de acreditación, en la documentación
exigible, en los requisitos aplicables y en el modo de valoración de los
méritos. En particular, el nuevo régimen conecta la acreditación del
Profesorado Permanente Laboral con el Real Decreto 678/2023 y con el
marco general de acreditación estatal para cuerpos docentes
universitarios, lo que exige una adaptación razonable por parte de los
potenciales solicitantes.
Por todo ello, se propone ampliar a tres meses el plazo de entrada en
vigor del Real Decreto y ajustar la disposición transitoria única y la
disposición derogatoria única para garantizar que las solicitudes
presentadas durante dicho periodo continúen tramitándose conforme al
régimen anterior. Con esta modificación se evita un cierre abrupto del
procedimiento de evaluación a Profesorado Contratado Doctor, se protege
a quienes ya estuvieran preparando su solicitud conforme al régimen
vigente y se garantiza una aplicación más previsible, equilibrada y
jurídicamente segura del nuevo Real Decreto.
_Un cordial saludo_
https://www.csif.es/es/portada/nacional/universidades [2]
https://www.csif.es/es/portada/aragon/educacion
https://www.csif.es/es/portada/aragon/general
csifuniversidad en unizar.es [3]
Edificio Cervantes [4]
C/ Corona de Aragón,42, 2ªplanta
CP 50009 Zaragoza
976 761 168 - Ext 841168
Links:
------
[1]
https://urldefense.com/v3/__https://www.aneca.es/web/guest/-/proyecto-de-real-decreto-por-el-que-se-regula-la-acreditacion-a-ppl-por-aneca__;!!D9dNQwwGXtA!RnGqe4M7HmMo9yCdSbFMqVQyBFr9pfUG5pNTzSjjuknrvWy1KsT3EWwJNHhTIAAAYY1GmZP5FkcncdOtv0MiHfcxNvT43A$
[2] https://www.csif.es/es/portada/nacional/universidades
[3] https://mail.unizar.es
[4]
https://www.google.com/maps/place/Facultad+de+Filosof%C3%ADa+y+Letras.+Edificio+Cervantes/@41.6440763,-0.9001462,17z/data=!3m1!4b1!4m6!3m5!1s0xd59158a06b5765b:0x30b8d21897ac0cfc!8m2!3d41.6440723!4d-0.8975713!16s%2Fg%2F11fk4qvpbb?entry=ttu&g_ep=EgoyMDI0MDkwNC4wIKXMDSoASAFQAw%3D%3D
------------ próxima parte ------------
Se ha borrado un adjunto en formato HTML...
URL: <http://listas.unizar.es/pipermail/sindicales.pdif/attachments/20260528/f8124737/attachment-0001.html>
------------ próxima parte ------------
A non-text attachment was scrubbed...
Name: a0c59399.png
Type: image/png
Size: 15673 bytes
Desc: no disponible
URL: <http://listas.unizar.es/pipermail/sindicales.pdif/attachments/20260528/f8124737/attachment-0003.png>
------------ próxima parte ------------
A non-text attachment was scrubbed...
Name: 70c51da4.png
Type: image/png
Size: 33899 bytes
Desc: no disponible
URL: <http://listas.unizar.es/pipermail/sindicales.pdif/attachments/20260528/f8124737/attachment-0004.png>
------------ próxima parte ------------
A non-text attachment was scrubbed...
Name: 286f1753.png
Type: image/png
Size: 32785 bytes
Desc: no disponible
URL: <http://listas.unizar.es/pipermail/sindicales.pdif/attachments/20260528/f8124737/attachment-0005.png>
Más información sobre la lista de distribución Sindicales.pdif