[Sindicales.pdif] CSIF Informa: CSIF rechaza las "orientaciones" para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021

csi-csif csi-csif en unizar.es
Mar Abr 5 12:38:06 CEST 2022



CSIF rechaza las "orientaciones" para la puesta en marcha de los 
procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021

- No salvaguardan el principio de equidad y cierran la puerta a la 
movilidad voluntaria y a la promoción interna

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato 
más representativo en las administraciones públicas, rechaza las 
"orientaciones" para la puesta en marcha de los procesos de 
estabilización derivados de la Ley 20/2021 y lamenta que se haya perdido 
una gran oportunidad para ordenar dichos procesos de manera homogénea en 
el conjunto de administraciones públicas, lo que supone una renuncia 
expresa sobre una competencia exclusiva del Estado que establece nuestra 
Constitución.

Las distintas aportaciones de CSIF en el seno de la comisión de 
seguimiento, si bien han mejorado sustancialmente el documento, no son 
suficientes para poder suscribirlo y por ello no hemos validado el 
contenido del mismo.

CSIF, desde el primer momento, propuso en todas las reuniones de la 
comisión de seguimiento:

  	* La necesidad de abordar el desarrollo de estos criterios mediante 
una norma u otro mecanismo legal que vinculase al conjunto de las 
administraciones para salvaguardar el principio de equidad.
  	* Favorecer los sistemas de movilidad voluntaria y promoción interna 
como mecanismos de cobertura de puestos de trabajo, resolviendo los 
mismos de manera simultánea con los procesos de estabilización.
  	* Una regulación excepcional para la Promoción Interna con el único 
requisito de concurso de méritos en los términos establecidos en las 
disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley.

La resolución, de fecha 1 de abril es puramente orientativa, sin ningún 
efecto vinculante, dejando a los distintos ámbitos de negociación el 
desarrollo de los procesos de estabilización lo que sin duda dará lugar 
a un tratamiento diferenciado ante una misma situación, generando 
inseguridad jurídica, que conllevará a la judicialización de la mayoría 
de las convocatorias. Ello supondrá a efectos prácticos que no se 
logrará el objetivo de acabar con el alto índice de temporalidad en 
nuestros servicios públicos generado por las propias administraciones.

Por otro lado, el contenido de la resolución, lejos de favorecer la 
movilidad voluntaria, recoge expresamente en su punto 3.6 la no 
obligatoriedad de ofertar concursos de traslados, lo que para CSIF 
supone un quebranto expreso al espíritu de lo establecido en el Art. 2 
de la Ley y un nuevo menoscabo a los derechos del personal fijo.

Por último y pese a que existe por escrito un compromiso de negociación 
para mejorar las condiciones de trabajo del personal al servicio de las 
Administraciones Públicas, en especial las relativas a la promoción 
interna, la realidad es que Función Pública una vez más deja en la 
estacada al personal fijo desamparándolos en su derecho a la promoción 
interna.

CSIF, en el seno de la negociación de cada ámbito para el desarrollo de 
los procesos de estabilización, velará porque se cumpla lo establecido 
en la Ley 20/2021 y denunciará a las administraciones que vulneren lo 
establecido en dicha normativa, tanto a su implementación como el 
incumplimiento de los plazos.

Ficheros Adjuntos:

  [1]  [1]20220401 Resolución orientaciones SEFP.pdf [1]

Un cordial saludo

CSIF - UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA



Links:
------
[1] 
https://www.csif.es/sites/default/files/field/file/20220401%20Resoluci%C3%B3n%20orientaciones%20SEFP.pdf
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