[Sindicales.pdif] UGT Informa: LOSU, un primer avance

infougt infougt en unizar.es
Mie Sep 1 12:50:53 CEST 2021


Buenos días.

Ayer conocimos el Anteproyecto de la nueva Ley Universitaria (LOSU) [1] 
que modifica la Ley Orgánica de Universidades (LOU), lo que constituye 
el primer paso del trámite para su aprobación.

UGT UNIVERSIDAD hemos sido convocados a una reunión el próximo día 15 de 
septiembre, para "contrastar" la Ley, según palabras del propio 
Ministerio.

Aunque en ningún momento se ha mantenido ningún tipo de negociación en 
la redacción del Anteproyecto, en una primera lectura del texto que 
recibimos ayer por la tarde, os adelantamos algunos de los principales 
puntos que modifican la carrera profesional:

  	* Esta nueva Ley, al igual que la Ley de 2007, concede un año de plazo 
para la aprobación del Estatuto del PDI. Esperemos que sea así porque de 
la anterior no se cumplió el plazo y ni siquiera se aprobó el Estatuto.
  	* Se eleva al 55% el porcentaje obligatorio de PDI funcionario, como 
habíamos reivindicado. Desafortunadamente, el porcentaje de PDI con 
contrato temporal podrá ser del 20%, mejorando el porcentaje actual del 
40%, pero que resulta incoherente con las normas que están rigiendo 
actualmente la estabilización de los empleados públicos. El régimen de 
dedicación del PDI funcionario se establece entre 120 y 240 horas 
lectivas por curso académico. El cambio de horas desde la medición 
anterior en créditos fue una propuesta de UGT que se ha aceptado.
  	* Respecto al PDI contratado, la LOSU mantiene las figuras de 
Profesores y Profesoras Ayudantes Doctores/as (6 años de contrato con 
una evaluación del desempeño de su actividad docente e investigadora), 
Profesores y Profesoras Asociados/as (misma regulación, aunque ahora el 
contrato podrá ser de dos años  y los contratos vigentes podrán ser 
renovados, conforme a la normativa que les resultaba aplicable, durante 
un periodo transitorio máximo de tres años desde la entrada en vigor de 
esta Ley y con alguna reserva de plaza a figuras laborales para los que 
ostenten el título de Doctor/a), Profesores y Profesoras Eméritos/as, y 
Profesores y Profesoras Visitantes (limitan la duración del contrato a 
un año).
  	* Por otro lado, crea las figuras de Profesores y Profesoras 
Sustitutos/as (docentes para sustituir al PDI con derecho a reserva de 
puesto de trabajo) y Profesores y Profesoras Distinguidos/as (españoles 
como extranjeros, que estén desarrollando su carrera académica o 
investigadora en el extranjero, y cuya excelencia científica, 
tecnológica, humanística o artística sea reconocida internacionalmente. 
La duración del contrato no podrá ser inferior a un año ni superior a 
tres, prorrogable un año más).
  	* Aparece la figura de Profesores y Profesoras Contratados/as no 
Doctores/as, con carácter transitorio y por un periodo máximo de tres 
años desde la entrada en vigor de esta Ley.
  	* Desaparece la figura de Profesor/a Contratado/a Doctor/a, y será 
cada CCAA la que estipule figuras laborales permanentes equivalentes a 
las del profesorado funcionario con análogos deberes y derechos 
académicos. La acreditación vigente será válida para la figura laboral 
permanente equivalente a Profesor/a Titular de Universidad en el ámbito 
autonómico durante un periodo de tres años desde la entrada en vigor de 
esta Ley.

El texto, que es bastante amplio merece un estudio muy minucioso, y por 
ello UGT después de su estudio, llevaremos a la próxima reunión del día 
15 las propuestas que consideremos necesarias para mejorar la calidad 
del empleo de los trabajadores de las Universidades Públicas.

Buen comienzo de curso!!!

UGT Unizar

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Extensión: 84 11 67

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