[Sindicales.pdif] UGT Informa: LOSU, un primer avance
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infougt en unizar.es
Mie Sep 1 12:50:53 CEST 2021
Buenos días.
Ayer conocimos el Anteproyecto de la nueva Ley Universitaria (LOSU) [1]
que modifica la Ley Orgánica de Universidades (LOU), lo que constituye
el primer paso del trámite para su aprobación.
UGT UNIVERSIDAD hemos sido convocados a una reunión el próximo día 15 de
septiembre, para "contrastar" la Ley, según palabras del propio
Ministerio.
Aunque en ningún momento se ha mantenido ningún tipo de negociación en
la redacción del Anteproyecto, en una primera lectura del texto que
recibimos ayer por la tarde, os adelantamos algunos de los principales
puntos que modifican la carrera profesional:
* Esta nueva Ley, al igual que la Ley de 2007, concede un año de plazo
para la aprobación del Estatuto del PDI. Esperemos que sea así porque de
la anterior no se cumplió el plazo y ni siquiera se aprobó el Estatuto.
* Se eleva al 55% el porcentaje obligatorio de PDI funcionario, como
habíamos reivindicado. Desafortunadamente, el porcentaje de PDI con
contrato temporal podrá ser del 20%, mejorando el porcentaje actual del
40%, pero que resulta incoherente con las normas que están rigiendo
actualmente la estabilización de los empleados públicos. El régimen de
dedicación del PDI funcionario se establece entre 120 y 240 horas
lectivas por curso académico. El cambio de horas desde la medición
anterior en créditos fue una propuesta de UGT que se ha aceptado.
* Respecto al PDI contratado, la LOSU mantiene las figuras de
Profesores y Profesoras Ayudantes Doctores/as (6 años de contrato con
una evaluación del desempeño de su actividad docente e investigadora),
Profesores y Profesoras Asociados/as (misma regulación, aunque ahora el
contrato podrá ser de dos años y los contratos vigentes podrán ser
renovados, conforme a la normativa que les resultaba aplicable, durante
un periodo transitorio máximo de tres años desde la entrada en vigor de
esta Ley y con alguna reserva de plaza a figuras laborales para los que
ostenten el título de Doctor/a), Profesores y Profesoras Eméritos/as, y
Profesores y Profesoras Visitantes (limitan la duración del contrato a
un año).
* Por otro lado, crea las figuras de Profesores y Profesoras
Sustitutos/as (docentes para sustituir al PDI con derecho a reserva de
puesto de trabajo) y Profesores y Profesoras Distinguidos/as (españoles
como extranjeros, que estén desarrollando su carrera académica o
investigadora en el extranjero, y cuya excelencia científica,
tecnológica, humanística o artística sea reconocida internacionalmente.
La duración del contrato no podrá ser inferior a un año ni superior a
tres, prorrogable un año más).
* Aparece la figura de Profesores y Profesoras Contratados/as no
Doctores/as, con carácter transitorio y por un periodo máximo de tres
años desde la entrada en vigor de esta Ley.
* Desaparece la figura de Profesor/a Contratado/a Doctor/a, y será
cada CCAA la que estipule figuras laborales permanentes equivalentes a
las del profesorado funcionario con análogos deberes y derechos
académicos. La acreditación vigente será válida para la figura laboral
permanente equivalente a Profesor/a Titular de Universidad en el ámbito
autonómico durante un periodo de tres años desde la entrada en vigor de
esta Ley.
El texto, que es bastante amplio merece un estudio muy minucioso, y por
ello UGT después de su estudio, llevaremos a la próxima reunión del día
15 las propuestas que consideremos necesarias para mejorar la calidad
del empleo de los trabajadores de las Universidades Públicas.
Buen comienzo de curso!!!
UGT Unizar
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