[Sindicales.pdif] MUFACE simplifica el proceso de solicitud electrónica de las Prestaciones Complementarias Dentarias y Oculares

csi-csif csi-csif en unizar.es
Lun Mar 4 19:50:00 CET 2019


A partir del 1 de marzo, MUFACE simplifica el proceso de solicitud
electrónica de las Prestaciones Complementarias Dentarias y Oculares,
uno de los servicios más demandados por mutualistas y beneficiarios. Al
amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Mutualidad
actualiza y completa el proceso electrónico utilizado para su
tramitación, con el fin de agilizar aún más su concesión. Asimismo, las
mejoras incluyen condiciones más flexibles para la presentación de
documentos originales. 

Además, si eres mutualista en activo o jubilado, para la solicitud de
estas prestaciones deberás seguir a partir de ahora uno de estos pasos: 

 	* A partir del 1 de marzo de 2019, los MUTUALISTAS OBLIGATORIOS EN
ACTIVO deberán presentar las SOLICITUDES DE PRESTACIONES DENTARIAS Y
OCULARES utilizando los procesos electrónicos "Solicitud de Prestaciones
Dentarias [1]" y "Solicitud de Prestaciones Oculares [2]" de la Sede en
https://sede.muface.gob.es/. Para ello, deben obtener certificado
digital, DNI electrónico, o la identificación CL en ve. Destacamos la
identificación Cl en ve, que permite interactuar con Muface y otras
administraciones y organismos sin necesidad de tarjeta o software
añadido. Para registrarse, conozca las oficinas de MUFACE en las que se
presta este servicio [3], o entre aquí [4].
 	* LOS MUTUALISTAS JUBILADOS, BENEFICIARIOS A TÍTULO PROPIO Y
MUTUALISTAS VOLUNTARIOS podrán presentar solicitudes de prestaciones
dentarias y oculares electrónicamente cuando lo deseen. Si prefieren
seguir utilizando el impreso oficial en papel, podrán hacerlo DURANTE
LOS DÍAS HÁBILES DE MARZO, SEPTIEMBRE Y OCTUBRE de cada año natural, ya
sea en las Oficinas, por correo postal o a través de los registros del
art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En caso de correo postal,
la solicitud deberá tener entrada en Muface durante el citado periodo.
 	* EXCEPCIONALMENTE, se podrán presentar solicitudes en papel, por los
medios descritos en el apartado anterior, cuando estas se basen en
hechos que prescriban durante el año natural en que la solicitud sea
presentada, teniendo en cuenta el plazo de cinco años previsto en el
art. 53.1 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo.

Respecto a las Otras Prestaciones complementarias, esto es, AUDÍFONOS,
LARINGÓFONOS Y COLCHONES ANTI-ESCARAS, también se flexibiliza la
presentación de documentación original, entre otras modificaciones. 

4 de marzo de 2019 

 

Links:
------
[1]
https://sede.muface.gob.es/sedeclave/public/servicio.htm?idServicio=22
[2]
https://sede.muface.gob.es/sedeclave/public/servicio.htm?idServicio=23
[3]
https://www.muface.es/muface_Home/atencion-al-mutualista/Oficinas-de-registro-Cl-ve-en-MUFACE.html
[4] http://www.clave.gob.es/clave_Home/clave.html
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