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<p style="text-align: center;"><span
style="color: #e67e23; font-size: 36pt;"><strong><em>CCOO</em></strong><strong><em> Informa </em></strong><strong><em>CCOO</em></strong><strong><em> Informa </em></strong><strong><em>CCOO</em></strong><strong><em> Informa</em></strong></span></p>
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<p>Estimados compañeros y compañeras:</p>
<p>Ayer, jueves 23 de mayo, fuimos convocados a una Mesa Sectorial
de negociación del PTGAS cuya información más relevante fue la
siguiente:<br>
</p>
<p>1.- Se abordó la propuesta<u> <b>borrador por la que se
modifica el Reglamento para la regulación de la carrera
profesional horizontal del PTGAS de la Universidad de
Zaragoza</b>.</u> <br>
</p>
<p>1.1- Desde<b><font color="#ff8000"> CCOO</font> solicitamos que
no se reduzcan los importes correspondientes al tramo asignado
del personal acogido a la reducción de jornada por edad
avanzada</b> y aquellas reducciones que no tengan merma
retributiva.<b> Gerencia aceptó la propuesta.</b></p>
<p>1.2- <b><font color="#ff8000">CCOO</font> Solicitamos</b> <b>que
para </b>poder <b>solicitar los tramos o el acceso a la
carrera profesional, la Universidad facilite un modelo de
solicitud por registro electrónico o</b> que, para facilitar
lo máximo posible el trámite, se <b>habilite un formulario a
través de la plataforma Solicit@ </b>. <b>Gerencia acepta
modificar el texto</b> correspondiente <b>indicando que se
hará a través de la plataforma Solicit@</b>. La solicitud
deberá realizarse dentro del ejercicio presupuestario una vez se
cumplan los requisitos de antigüedad y edad, salvo los que
cumplan la edad en el mes de diciembre que podrán solicitarlo
hasta el 31 de enero del ejercicio siguiente. </p>
<p>Por ejemplo, si se cumplen los 62 años en febrero de 2024, se
tendrá que solicitar el acceso al tramo 2.2. Tramo específico de
antigüedad y desempeño, en el 2024 y esta solicitud será válida
para cobrar este tramo hasta que la persona cumpla los 65, que
es el periodo establecido para el cobro del mismo.<br>
</p>
<p>Para obtener y mantener el correspondiente importe asociado a
la evaluación del desempeño se deberá de contar y mantener a lo
largo de todo el periodo la evaluación positiva o positiva
destacada en la evaluación del desempeño. Una vez obtenida, el
personal evaluado solicitará el acceso a la carrera o el ascenso
de tramo en la forma y en el plazo que se establezca por la
gerencia en el primer trimestre de cada ejercicio, sin perjuicio
de que para el año 2024 el plazo lo establezca la gerencia,
desde la entrada en vigor de reglamento hasta el 30 de
septiembre del presente ejercicio. <br>
</p>
<p><b>Los efectos económicos serán de 1 de enero</b> del
correspondiente ejercicio siempre y cuando se cumplan las
condiciones de antigüedad y edad dentro del correspondiente
ejercicio presupuestario.</p>
<p>Debido a las fechas en las que nos encontramos y dado que no se
podrá abrir el plazo de solicitudes hasta que la Modificación
del Reglamento sea aprobada en el Consejo de Gobierno, el
próximo día 29 de mayo, y publicada oficialmente; Gerencia
tendrá en cuenta los efectos económicos desde el 1 de enero de
este año, no desde la fecha de solicitud,<b> para que los
trabajadores no tengamos una merma retributiva </b>por el
retraso en la evaluación del desempeño y, en consecuencia, de la
aplicación del nuevo reglamento de Carrera Profesional ligado a
ella.<br>
</p>
<p>1.3- Se modifica la permanencia de cada tramo, alcanzándose el
cuarto tramo a través de un recorrido total de veintidós años,
conforme a la siguiente escala:</p>
<blockquote>
<blockquote>
<blockquote>
<blockquote>
<p align="left"><b> </b><u>Tramo</u>
<u> Permanencia</u></p>
<p align="left">Primer tramo --> 6 años<br>
</p>
<p align="left">Segundo tramo --> 7 años<br>
</p>
<p align="left">Tercer tramo --> 9 años<br>
</p>
<p align="left">Cuarto tramo --> </p>
</blockquote>
</blockquote>
</blockquote>
</blockquote>
<p>En el caso de descenso de tamo, se permanecerá en el mismo
hasta obtener una evaluación del desempeño positiva o positiva
destacada, sin tener que permanecer el tiempo que se indica en
el tramo.<br>
</p>
2.-<u> <b style="font-weight:normal;"
id="docs-internal-guid-5d6b5f98-7fff-f4a9-b8c5-1ba3fca1eeb2"><span
style="font-size: 11pt; font-family: Arial, sans-serif; color: rgb(0, 0, 0); background-color: transparent; font-weight: 700; font-style: normal; font-variant: normal; vertical-align: baseline; white-space: pre-wrap;">Oferta empleo público 2024:</span></b></u>
<p>Gerencia nos presentó su propuesta de Oferta de Empleo Público
parcial del año 2024, con un total de 73 plazas (63 para turno
libre y 10 de promoción interna). Tras una intensa negociación
se consigue que el total de <b>plazas para promoción interna</b>
sea de <b>21 y 55 para turno libre. </b><br>
</p>
<p><font color="#ff8000"><b>CCOO </b></font><b>Pusimos de
manifiesto el ninguneo</b> que año tras año se ha ejercido <b>en
el área de Edición y Medios Audiovisuales. Esp. Reprografía y
offset</b> a cuyos funcionarios de carrera se ha privado de un
proceso de promoción de manera reiterada. <b>Tras nuestra
exposición Gerencia a incluído 2 plazas a Promoción interna
para la Escala de Ténicos Especialistas de Edición y Medios
Audiovisuales, que unidas a la plaza ya aprobada en la segunda
OEP de 2023 harán un total de 3 plazas </b>a promoción
interna para esta Escala.</p>
<p>A pesar del esfuerzo realizado por la Gerencia para llegar a un
acuerdo, otras de nuestras solicitudes no fueron atendidas, <font
color="#ff8000"><b>CCOO</b></font> <b>lleva años reclamando
que se abra un nuevo proceso de promoción a puesto</b>, para
aquellos puestos duales que figuran en RPT y que están siendo
ocupados por la categoría más baja, es decir, hay puestos cuya
categoría en RPT es, por ejemplo, C2/C1 y la persona que lo
desempeña está contratada en la categoría C2. <font
color="#ff8000"><b>CCOO</b></font> llevamos muchos años
exigiendo que se convoquen estas promociones a puesto, a lo que
<b>Gerencia siempre ha contestado que ese proceso extraordinario
ya se hizo y no se va a repetir. Creemos que después del gran
proceso de estabilización llevado a cabo por imperativo legal,
Ley 20/2021, se debe posibilitar a los funcionarios de carrera
su desarrollo profesional, ahora es el momento. </b><br>
</p>
<p>Entendemos que nuestro compromiso por las mejoras profesionales
de la plantilla no pueden bloquear una Oferta de Empleo Público,
y más cuando muchas de las plazas a convocar por turno libre se
corresponden con vacantes que están a punto de cumplir los tres
años de ocupación temporal que marca la citada Ley; en estos
casos la única posibilidad que tienen los funcionarios interinos
que las ocupan para no quedarse en la calle es aprobar éstas
convocatorias y superar el proceso selectivo.</p>
<p>Por lo citado,<b> <font color="#ff8000">CCOO</font> no puede
validar con su voto a favor el modelo presentado por la
Gerencia</b>, <b>pero nos hemos abstenido en la votación para
no perjudicar a los trabajadores y trabajadoras cuya
continuidad y estabilidad laboral depende de la publicación
de la OPE.</b></p>
<p>Gerencia nos aplaza a una nueva reunión el próximo 27 de mayo
para seguir abordando los diferentes puntos de la convocatoria.</p>
<p><b>Si necesitas nuestra ayuda para realizar cualquier trámite o
ampliar esta información, no dudes en contactar con nosotros
en <a class="moz-txt-link-abbreviated" href="mailto:ccoo@unizar.es">ccoo@unizar.es</a> o llamando al 639087947.<br>
</b></p>
<p><b>SEGUIMOS EN LA LUCHA, TU APOYO ES NUESTRA FUERZA.</b></p>
-- <br>
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<p><b><font color="red">SECCIÓN SINDICAL</font></b></p>
<b><font color="red">UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA</font></b>
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