<html>
<head>
<meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=UTF-8">
</head>
<body>
<p><b>CGT sobre la instrucción contra el premio de jubilación del
PAS</b></p>
<p><br>
</p>
<p>1. <strong>En la última campaña electoral, este Rectorado dejó
clara su intención de reemplazar el premio de jubilación del
PAS, tal como está regulado en el actual Pacto y Convenio
acordado en 2000, por otras medidas compensatorias</strong>. La
semana pasada se publicó la Instrucción de Gerencia de 15 de junio
de 2022 que afecta, directamente, a esta cuestión. La instrucción
convierte en rogado, esto es, a petición de la persona interesada,
un procedimiento que hasta ahora se sustanciaba de oficio en
interés de quien iba a pasar de su situación de servicio activo a
la de jubilación. </p>
<div dir="auto"> </div>
<div dir="auto">2. La mentada instrucción del Gerente, dictada por
delegación del Rector, no declara, literalmente, la inaplicación,
nulidad o "abolición" de los artículos del Pacto-Convenio que
regulan esta materia, pero <strong>está claro que anticipa un
cambio de la postura de la Universidad</strong> respecto a esta
cuestión tan delicada que afecta a toda la plantilla del PAS.</div>
<div dir="auto"> </div>
<div dir="auto">3. Gerencia <span>aduce, como fundamento para este
cambio, cuatro sentencias del Tribunal Supremo que resuelven
cuestiones suscitadas en distintos ayuntamientos respecto a
incentivos aprobados en dichas </span><strong>entidades locales<span> </span></strong><span>sobre
jubilación anticipada. Queremos hacer hincapié en este aspecto:<strong>
las sentencias del Tribunal Supremo hacen referencia a
entidades pertenecientes a la Administración local</strong>. </span>El
criterio jurisprudencial es que <em>"las gratificaciones
-cualquiera que sea su denominación en cada caso- por jubilación
anticipada previstas en acuerdos de entidades locales tienen
naturaleza de retribución y, por consiguiente, sólo pueden
considerarse ajustadas a Derecho en la medida en que tengan
fundamento en alguna norma legal de alcance general, relativa a
la remuneración de los funcionarios de la Administración local."
</em><span style="text-decoration: underline;">Esto es lo que dice
el Tribunal Supremo</span>.</div>
<div dir="auto"> </div>
<div dir="auto">4. Pero hay otras interpretaciones posibles y de
similar relevancia jurídica. No hace ni dos años que la Comisión
Jurídica de Euskadi decidió anular una decisión del ayuntamiento
de Barakaldo que suspendía los incentivos a la jubilación
anticipada con la siguiente argumentación: </div>
<div dir="auto"> </div>
<div dir="auto">
<p style="padding-left: 40px;">"[...] aun en el caso de que tal
prestación social pudiera ser considerada como una retribución
extrasalarial, el que no haya sido expresamente prevista en la
ley no ha constituido un obstáculo para que se haya podido
aprobar en vía reglamentaria y proceder a su abono a los
funcionarios jubilados forzosamente. <strong>Tanto la
prestación por jubilación voluntaria como forzosa facilitan o
mitigan la transición económica inherente al hecho de dejar el
servicio activo y recibir una pensión de jubilación, con la
pérdida de poder adquisitivo que conlleva</strong>. Hemos de
concluir, por tanto, que los artículos del Acuerdo Regulador de
las Condiciones de Trabajo del Personal del Ayuntamiento de
Barakaldo 2018- 2020, no se encuentran incursos en una causa de
nulidad de pleno derecho, ni por motivos formales ni materiales
[...].</p>
</div>
<div dir="auto"> </div>
<div dir="auto"><strong>5. La Universidad de Zaragoza no forma parte
de la Administración local. Y no ha sido parte demandante ni
demandada en ninguno de tales procesos. </strong>Ni tampoco lo
ha sido ninguna otra Universidad del estado español.</div>
<div dir="auto"> </div>
<div dir="auto">6. Esta realidad jurídica <strong>ya era así en
2000, </strong>cuando se firmó el pacto del PAS funcionario y
el convenio colectivo del PAS laboral. <strong>Y con arreglo a lo
negociado, pactado y firmado,</strong> la Universidad de
Zaragoza ha estado honrando su compromiso y cumpliendo
estrictamente aquello a lo que se obligó, voluntariamente, hace 22
años. <strong>Y no ha tenido que enfrentarse, durante este
tiempo, a ningún litigio sobre este asunto promovido ni por la
Hacienda Pública estatal, ni por el Tribunal de Cuentas ni por
ningún otro órgano fiscalizador contable de Aragón. </strong></div>
<div dir="auto"> </div>
<div dir="auto">7. No nos parece razonable que, <strong>de la noche
a la mañana</strong>, <strong>sin el establecimiento de ningún
periodo transitorio ni de ninguna otra medida compensatoria</strong>,
se cercene radicalmente un derecho cuya expectativa de realización
era una cuestión asumida por todo el personal de la Universidad y
que ha sido tenido en cuenta por la plantilla a la hora de
programar <strong>y adoptar decisiones vitales de la importancia
que reviste el momento de su jubilación</strong>. .</div>
<div dir="auto"> </div>
<p> 8. <strong>Esta decisión política y económica</strong>, que no
jurídica ni técnica, publicada hoy por Gerencia, y que vulnera
gravemente los derechos adquiridos por el PAS de la Universidad,
necesita ser revertida inmediatamente por su máximo responsable,<strong>
José Antonio Mayoral,</strong><strong> Rector de la UZ</strong></p>
<p><br>
<strong><br>
</strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"> <a
href="https://fb.me/cgtunizar" target="_blank" rel="noopener
noreferrer" moz-do-not-send="true"><img
src="cid:part1.4oxhRK0Q.R8cuYbka@unizar.es" class=""
width="46" height="35" border="0"></a> <a
href="http://twitter.com/cgtunizar" target="_blank"
rel="noopener noreferrer" moz-do-not-send="true"><img
src="cid:part2.hdok5LPV.0ilRZIai@unizar.es" class=""
width="46" height="35" border="0"></a> <a
href="https://t.me/cgtunizar" target="_blank" rel="noopener
noreferrer" moz-do-not-send="true"><img
src="cid:part3.wWcbTLK6.Asuy50Mk@unizar.es" class=""
width="51" height="52" border="0"></a></p>
<p><a href="https://cgt.unizar.es" moz-do-not-send="true"><strong>Sección
Sindical de CGT</strong></a></p>
<a href="https://cgt.unizar.es" moz-do-not-send="true"> </a>
<p><a href="https://cgt.unizar.es" moz-do-not-send="true"> <img
src="cid:part4.XzujdxDQ.IZ70M4YA@unizar.es" class=""
width="150" height="150"></a></p>
<a href="https://cgt.unizar.es" moz-do-not-send="true"> </a>
<p><a href="https://cgt.unizar.es" class="moz-txt-link-freetext"
moz-do-not-send="true">https://cgt.unizar.es</a><br>
</p>
<pre>Universidad de Zaragoza
Edificio de Servicios
</pre>
<pre>C/ Domingo Miral, 4
Zaragoza
Tel. 976 761 163</pre>
<p><strong><br>
</strong></p>
</body>
</html>