[Sindicales.pas] UGT Informa: El premio de jubilación debe recuperarse

infougt infougt en unizar.es
Vie Jul 8 13:01:17 CEST 2022



Buenos días.

Desde que este Equipo de Gobierno empezó su andadura en el año 2016  el 
premio de jubilación, matrículas gratuitas, y algún que otro beneficio, 
desde nuestro punto de vista, ya corrían cierto "peligro". El Programa 
Electoral del 2016 del Rector rezaba lo siguiente:

_"__b) Evaluar los incentivos del plan de acción social y garantizar su 
continuidad en la medida en que las disponibilidades presupuestarias lo 
permitan (premio de jubilación, matrícula gratuita en estudios 
universitarios, intercambio de vacaciones)._"

En el Programa de Gobierno del 2020 no aparecía literalmente con las 
mismas palabras pero, según nuestra opinión, el hecho de las denuncias 
del Convenio-Pacto para revisar estas cuestiones, entre otras, marcaba 
el camino iniciado en 2016:

_"Tras veinte años de vigencia, y con objeto de adaptarlo a la situación 
y necesidades actuales, y para materializar esos objetivos, se revisará 
y actualizará, mediante la correspondiente negociación y en mesa 
sindical, el Convenio-Pacto del PAS de la Universidad de Zaragoza"_

Resulta que la primera acción adoptada unilateralmente que conocemos de 
este equipo de gobierno y relacionado con el premio de jubilación, es la 
instrucción de Gerencia dejando de abonar el premio de oficio y pasando 
a ser rogado por las personas interesadas.

En la reunión de CIVEA no percibimos ninguna intención de llegar a un 
acuerdo retirando en ese momento la instrucción del Gerente, y el inicio 
de un proceso de negociación mientras llega el informe de la Abogacía 
del Estado. Si el informe de la abogacía va en la línea de los servicios 
jurídicos de la UZ suponemos que se denegarán las solicitudes 
presentadas.

La Gerencia respaldada por sentencias del Tribunal Supremo que vienen a 
concluir que los 'premios' de jubilación en entidades locales no son 
ajustados a derecho, ya que suponen un salario no previsto en el 
ordenamiento jurídico y que son retribuciones que nada tienen que ver 
con pagas de acción social, ha justificado que su decisión responde 
únicamente a motivos jurídicos, para salvaguardar al Gerente de las 
responsabilidades en las que pudiera incurrir si seguía pagando el 
premio de oficio, y no a motivos económicos.

Trasladaron su intención de buscar soluciones y alternativas, pero con 
garantías jurídicas. Nos pidieron tiempo para el estudio y elaboración 
de propuestas. ¡¡Ya veremos !!!

La expectativa de tener una "hucha" que much en s de nosotr en s hemos 
generado por todos los años de servicios prestados y que cuando nos 
hubiera llegado la edad de jubilación íbamos a recibir, la vemos 
peligrar seriamente.

No obstante, a nuestro juicio, no se puede dejar esto así, y existen 
varias vías para su solución inmediata:

  	* En el ámbito de la negociación colectiva del Convenio-Pacto, 
impulsar una modificación del artículo 96.3 apartados 2) y 3) dentro del 
proceso negociador iniciado con las denuncias de ambos textos,  y 
mientras tanto seguir pagando el premio como hasta ahora.

	* Pactar en el marco de la negociación colectiva al amparo del artículo 
37 del EBEP " Materias objeto de negociación", apartados b), e), i):

  	* 37.1.b): "La determinación y aplicación de las retribuciones 
complementarias de los funcionarios".
  	* 37.1 e):  "Los planes de Previsión Social Complementaria".
  	* 37.1 i): " Los criterios generales de acción social".

En sus manos está la reparación aceptando una de las dos vías. Si tal 
como nos insisten, no es un problema económico, sino jurídico y que no 
hay intención por su parte de retirar el premio, ahora tienen la 
oportunidad de demostrarlo.

Sección Sindical UGT [1]

Sección Sindical UGT Universidad de Zaragoza [1]

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