From informacionestudiantes1 en listas.unizar.es Fri May 31 12:37:30 2024 From: informacionestudiantes1 en listas.unizar.es (=?iso-8859-1?q?Acad=E9mico_UNIZAR?=) Date: Fri, 31 May 2024 12:37:30 +0200 Subject: [Informacionestudiantes1] =?utf-8?q?URGENTE_Acceso_M=C3=A1ster_Un?= =?utf-8?q?iversitario_en_Abogac=C3=ADa_y_Procura?= Message-ID: Estimados estudiantes: Como muchos ya sabéis, en esta Universidad, como ocurre en tantas otras, nuestra normativa propia permite matricularse en los Másteres Univesitarios aunque no se hayan culminado completamente los estudios de grado, es decir, faltando, como máximo, 9 créditos más los correspondientes al TFG. Y todo ello, en virtud de la habilitación prevista en el RD 822/2021, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias, y que permite a las Universidades actuar en ese sentido. Sin embargo, una reciente Sentencia del Tribunal Supremo, de 23 de abril de 2024, anula esa posibilidad con relación a los másteres de acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura. A raíz de este pronunciamiento, el propio Ministerio de Justicia ha hecho pública una instrucción advirtiendo que NO SE PODRÁ INICIAR EL MÁSTER DE ABOGACÍA Y PROCURA SIN HABER FINALIZADO EL GRADO EN DERECHO, y ello, con independencia de la normativa propia que hayan podido establecer las Universidades sobre el acceso a sus titulaciones de postgrado. De acuerdo con lo anterior, a partir de curso 24-25, la matrícula en el Master en Abogacía y Procura de la Universidad de Zaragoza sólo podrá realizarse una vez superados todos los créditos del Grado y sin que sea posible dispensa o excepción alguna por parte de la Universidad, toda vez que el comienzo del Máster sin cumplir ese requisito impediría al estudiante presentarse al examen de acceso. Recibe un cordial saludo, Antonio J. García Gómez Decano de la Facultad de Derecho Universidad de Zaragoza