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<p class="MsoNormal"><font size="4"><span
style="mso-fareast-language:EN-US">Buenos días.</span></font></p>
<p class="MsoNormal"><font size="4"><span
style="mso-fareast-language:EN-US">En relación con las dudas
surgidas sobre la compatibilización del horario de verano y la
conciliación de los trabajadores que la tengan reconocida, se
informa por esta Vicegerencia de RRHH lo siguiente:</span></font></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height:115%;text-autospace:none"><font
size="4">El apartado 2.2.a) del Plan Concilia de la Universidad
de Zaragoza establece lo siguiente: “<span
style="font-family:"Calibri-Italic",sans-serif">Los
empleados públicos tendrán derecho a flexibilizar en un máximo
de una hora el horario fijo de su jornada para quienes tengan
a su cargo personas mayores, hijos menores de doce años o
personas con discapacidad, así como quien tenga a su cargo
directo a un familiar hasta el segundo grado con enfermedad
grave.</span>”</font></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height:115%;text-autospace:none"><font
size="4">Asimismo el Pacto del Personal funcionario de la
Universidad establece, además, que la jornada ordinaria es de 7
horas al día.</font></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height:115%;text-autospace:none"><font
size="4">Por otra parte, el Calendario laboral vigente para el
año 2026 recoge en su Apartado 4 “Horarios especiales y
reducidos”, lo siguiente:</font></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height:115%;text-autospace:none"><font
size="4">Apdo. 4.1 Durante los días comprendidos entre el 6 y el
10 de julio, los centros y unidades podrán concentrar el horario
de la jornada de 08:00 a 15:00 horas, siempre que las
necesidades del servicio lo permitan.</font></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height:115%;text-autospace:none"><font
size="4">Apdo. 4.2. En los días declarados laborables no
lectivos la jornada de trabajo se realizará en turno de mañana,
de 08:00 a 14:00 horas</font></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height:115%;text-autospace:none"><font
size="4">A la vista de lo recogido en el Calendario laboral
vigente y del derecho a la conciliación tal como está regulado
en la normativa de aplicación, es necesario indicar que los
empleados públicos que tienen reconocida la flexibilidad horaria
en aras a la conciliación, <u>pueden seguir ejerciéndola aunque
la misma implique no ajustarse al horario indicado en los días
señalados en el apartado 4</u>. En todo caso, subsiste la
obligación de cumplimento de la jornada tal como se establece en
el Pacto y normativa de aplicación, de tal forma que deberá
cumplirse la jornada de trabajo diariamente.</font></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height:115%;text-autospace:none"><font
size="4">Los responsables del personal deberán facilitar que
dicha conciliación pueda ser ejercida, en los términos
indicados.</font></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height:115%;text-autospace:none"><font
size="4">Un cordial saludo.</font></p>
<p><br>
</p>
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