[Administradores.servicio] [Responsables.unidad] Resolución suspensión de actividades docentes presenciales

Rector Universidad de Zaragoza rector en unizar.es
Vie Mar 13 15:17:49 CET 2020


 

Remitimos resolución del rector de la Universidad de Zaragoza de 13 de marzo
de 2020 sobre la suspensión de actividades docentes presenciales. 

Queremos poner de manifiesto que estamos, como todos ustedes saben, ante una
situación extremadamente cambiante y que las medidas adoptadas en esta
resolución pueden variar en cualquier momento. De cualquier variación se
informará en cuanto sea posible.

Hacemos un llamamiento a vuestra responsabilidad como ciudadanos y,
especialmente, como universitarios, para entre todos gestionar de la mejor
manera posible esta compleja situación.

 

  _____  

 



Resolución de 13 de marzo de 2020, del Rector en funciones de la Universidad
de Zaragoza, sobre la suspensión de las actividades docentes presenciales de
la Universidad de Zaragoza de conformidad con el Protocolo de actuación de
esta universidad ante la alerta sanitaria por el COVID-19.

De conformidad con el Protocolo de actuación de la Universidad de Zaragoza
relativo a la alerta sanitaria por el COVID-19, ante la evolución de la
misma, y siguiendo indicaciones de las autoridades de la Comunidad Autónoma
de Aragón, el Rector, oído el Comité del citado Protocolo, resuelve:

Primero. Suspender la totalidad de las actividades docentes presenciales de
la Universidad de Zaragoza desde el próximo lunes, día 16 de marzo de 2020,
hasta el domingo día 29 de marzo de 2020, ambos incluidos.

Segundo. Esta medida comportará también suspensión de actividades o cierre
de las siguientes instalaciones y servicios: 

-          Aulas y laboratorios en los que se lleven a cabo actividades
docentes, incluidas las salidas de campo y las propias de los estudios de
doctorado.

-          Bibliotecas -excepto servicio de préstamo interbibliotecario y
servicios de consulta no presenciales- y Salas de Estudio.

-          Instalaciones deportivas. 

-          Residencia de Jaca y Colegios Mayores

-          Hospital Veterinario de la Universidad de Zaragoza.

-          Casa del Estudiante.

-          Actividades presenciales vinculadas a becas de colaboración,
becas de apoyo a la gestión de UNIZAR y prácticas curriculares y
extracurriculares.

-          Cafeterías, bares y restaurantes ubicados en instalaciones de
UNIZAR. 

-          Copisterías y servicios de reprografía ubicados en instalaciones
de UNIZAR. 

-          Congresos, Cursos, Jornadas y actividades de similar naturaleza
programadas en espacios de UNIZAR. 

-          Actividades acordadas mediante convenio que se deban desarrollar
en espacios de UNIZAR y permisos de ocupación temporal o de alquiler de
espacios de UNIZAR. 

-          Programa de intercambio de vacaciones de Semana Santa. 

 

Tercero. Se mantendrán las obligaciones laborales del PDI (excluida la
docencia presencial) y del PAS, que deben continuar prestando sus servicios,
a excepción del personal adscrito a las unidades que se cierren al público. 

Con el fin de proteger y tutelar la salud laboral, así como de facilitar la
conciliación de la actividad con las obligaciones familiares del personal,
se establecerán medidas de flexibilización horaria y de realización de la
actividad a través del teletrabajo, contando para ello con la participación
de los representantes legales del personal. 

Cuarto. El PDI reforzará la asistencia y tutorización de los estudiantes a
través del ADD UNIZAR, y del correo electrónico. En ningún caso se podrán
organizar reuniones ni tutorías presenciales con los estudiantes. 

Quinto. Finalizado el periodo de suspensión, la universidad reprogramará,
siempre que sea posible, las actividades académicas que hayan resultado
afectadas. En todo caso se garantizará el derecho de evaluación de los
estudiantes. 

Sexto. Siempre que sea posible, se reprogramarán las actividades externas
suspendidas. 

Séptimo. Los centros serán los responsables de comunicar la suspensión de
las actividades programadas en espacios de la universidad a las personas o
entidades que las tengan previstas, y lo comunicarán al Gabinete del Rector,
mediante correo electrónico dirigido a jefegabi en unizar.es
<mailto:jefegabi en unizar.es>  

Octavo. La comunicación de la suspensión a los concesionarios será a cargo
de la Vicegerencia Económica y Financiera a través de su Servicio de
Patrimonio, Compras y Contratación. 

Noveno. Por causa de fuerza mayor, se adoptarán las medidas correctivas de
refuerzo o minoración de la actividad que realizan las empresas responsables
de las contratas de limpieza y de seguridad con objeto de adecuar su
actividad a las circunstancias temporales de suspensión.

Décimo. El presente acuerdo de suspensión de actividades docentes
presenciales se publicará en el Portal de Transparencia y en la web de la
universidad. Asimismo, la resolución se trasladará a:

-          Las autoridades sanitarias competentes.

-          La Dirección General de Universidades del Gobierno de Aragón. 

-          Las Direcciones y Administraciones de los centros e IUI y
responsables de los servicios de UNIZAR. 

-          Al Consejo de Estudiantes de UNIZAR. 

-          Los centros e institutos adscritos a UNIZAR. 

-          A las universidades con convenio de movilidad nacional o
internacional de estudiantes con UNIZAR.

-          A la Junta de Personal de UNIZAR y miembros de la MNUZ

-          Al Comité de Empresa o Intercentros.

Undécimo. Como medida básica se seguirán siempre las recomendaciones dadas
por Salud Pública referentes al COVID-19. Asimismo, se pondrá a disposición
de la comunidad universitaria, en la web, una guía de preguntas y respuestas
para atender las consultas del estudiantado, PAS y PDI.

Duodécimo: SE pondrá a disposición de la comunidad universitaria, en la
dirección web
https://internacional.unizar.es/comunicado-sobre-el-coronavirus-covid-19
guías de preguntas y respuestas para atender las consultas vinculadas a las
medidas adoptadas en la presente resolución, por parte del estudiantado, PAS
y PDI.

Decimotercero. Este Acuerdo modifica el apartado primero del Acuerdo de 12
de marzo de 2020, exclusivamente en lo relativo a las actividades
imprescindibles para el desarrollo de la actividad académica. Podrá ser
modificado como consecuencia de la evolución de la alerta sanitaria y las
indicaciones de las autoridades competentes.

 

EL RECTOR EN FUNCIONES

José Antonio Mayoral Murillo

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